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Finanzas Personales

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Si trabaja en plataformas digitales, conozca cuáles serán los cambios fiscales

Cada compañía tendrá que retener el ISR, sin embargo esto servirá como un anticipo del pago de sus impuestos en su declaración anual.

En los últimos años la llamada economía digital empezó a tomar fuerza en México. Varias personas aprovecharon la llegada de plataformas como Uber, Cabify, Rappi y Amazon, entre otras, para tener una fuente extra de ingresos o bien, dedicarse únicamente al servicio que se puede ofrecer a través de estas empresas.

A partir de junio de este año entrarán en vigor modificaciones fiscales, aprobadas el año pasado por legisladores, respecto a estas plataformas digitales, las cuales tendrán un impacto en las obligaciones y contabilidad de aquellos contribuyentes que generan ingresos por medio de la economía digital.

Una de las principales modificaciones es que ahora las plataformas tendrán que retener el Impuesto sobre la Renta (ISR) a aquellos contribuyentes que generan ingresos a través de ellas, para después enterarlo al fisco.

Ariana Martínez, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que la retención de impuestos se refiere a un pago provisional, es decir, una manera de anticipar el impuesto que se debe pagar al fisco.

“Estas retenciones lo que hacen es ir disminuyendo el impuesto a deber hacia la presentación de la declaración anual del ejercicio fiscal, es decir, si al presentar mi obligación me salió un impuesto a pagar de 1,000 pesos, pero durante el año me retuvieron 800 pesos, ya sólo debo pagar la diferencia, que serían 200 pesos. En algunos casos, las retenciones son mayores al impuesto que se debe, por lo que el contribuyente puede obtener un saldo a favor”, indicó.

De acuerdo con lo publicado la semana pasada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las plataformas podrán optar por calcular las retenciones del ISR de cada contribuyente por periodos diarios, es decir, aplicar la tasa de ISR sobre el monto total de ingresos diarios que percibe el trabajador. La tasa de retención variará dependiendo la plataforma para la que se trabaje, así como los ingresos de los contribuyentes.

En el caso de plataformas como Uber, Beat, Rappi, Sin Delantal y demás que prestan servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, las tasas irán desde 2 hasta 8%, considerando ingresos diarios desde 180 hasta más de 690 pesos.

Para plataformas como Airbnb, es decir, que prestan el servicio de hospedaje, la tasa de retención de ISR será entre 2 y 10%, teniendo en cuenta ingresos diarios entre  164 y  1,151 pesos o más.

Por último, en compañías como Amazon y Mercado Libre, las cuales enajenan bienes y prestan servicios, la tasa irá entre 0.40 y 5.40 por ciento. El ingreso diario que se tomó en cuenta para éstas va desde 49 pesos hasta más de 3,289 pesos.

“Lo que va a ocurrir es que antes estos trabajadores tenían un mayor flujo de dinero, pero ahora va a disminuir; sin embargo, la retención no se debe ver como algo malo porque se puede acreditar en sus declaraciones de impuestos”, explicó Martínez.

Otros puntos a considerar

Los contribuyentes que presten servicios en estas plataformas no sólo deberán tener en cuenta la retención que estas empresas les harán de ISR, también deberán cumplir con una serie de obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria a partir de junio.

La primera de estas obligaciones es inscribirse al padrón de contribuyentes del SAT para poder prestar sus servicios en las plataformas digitales, además de presentar al fisco el aviso de la actualización de actividades económicas y obligaciones, donde tendrán que señalar la actividad que se realice a través de las plataformas.

Estos contribuyentes deberán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet a sus compradores, el cual deberá ser enviado vía correo electrónico.

ana.martinez@eleconomista.mx

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