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Finanzas Personales

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¿Ya realizó su testamento?, piense bien en quién será su albacea

En el proceso de testamento intervienen diversas figuras que verificarán que la última voluntad del fallecido se lleve a cabo tal o cómo lo estipuló, entre ellas el albacea, que será el encargado de repartir todos los bienes de acuerdo a lo indicado.

El aumento, sin embargo, es de 8.47% en términos nominales.

El aumento, sin embargo, es de 8.47% en términos nominales.

Un testamento le garantiza que todos los bienes que acumuló en vida serán repartidos entre sus seres queridos, pero antes de realizarlo, es importante saber qué es un albacea y sus funciones para determinar quién es la persona indicada para asumir esta responsabilidad.

Según información del portal Propiedades, el albacea es a quien el autor del testamento nombra como ejecutor de su voluntad en los términos que pida en el documento, será la persona que verifique que todos los bienes pasen a manos de quién se manifestó en dicho testamento, por ello es importante que evalúe que la persona a la que le encomendará esta tarea sea la adecuada para cumplir su última voluntad.

Alejandro Monreal Gálvez, abogado de la Notaría 190 de la Ciudad de México, destaca que el albacea “es una figura que se requiere en toda sucesión, ya que es el administrador del patrimonio que deja el testador, por lo cual se le solicita al testador que designe a uno”.

¿Qué responsabilidad tiene el albacea?

Es importante señalar, que el Código Civil dicta que la figura del albacea es un cargo de aceptación voluntaria, pero puede excusarse únicamente si el albacea es empleado o funcionario público, militar en servicio activo, no disponer de recursos económicos suficiente para atender las obligaciones, no tener un buen estado de salud, no saber leer o escribir, haber cumplido 70 años o ser albacea en otra herencia

El plazo para renunciar al albaceazgo es de seis días desde el conocimiento de su nombramiento y la aceptación de esta tarea implica la obligación de desempeñarla.

Una vez aceptado el cargo, el albacea deberá presentar el testamento a los herederos y, posteriormente, asegurar los bienes del finado y realizar un inventario de los mismos.

El albacea tiene la obligación de administrar los bienes y saldar las deudas testamentarias, hereditarias o funerarias, para esto puede hacer uso de los bienes con autorización de los herederos o en su defecto del Juez.

Después procederá con la repartición de los bienes según lo estipula el testamento y deberá verificar que no se permita la extracción ni entrega de ninguno de los bienes hasta tener el inventario completo.

Para cumplir todas sus obligaciones, el albacea tendrá un plazo máximo de un año desde su aceptación, aunque se puede prorrogar máximo un año más.

El trabajo del albacea debe ser remunerado, ya sea por la cantidad designada por el autor del testamento o por lo establecido en la ley, es decir 2% sobre el importe de la herencia o 5% de las ganancias de los bienes hereditarios.

¿Qué pasa si no designo un albacea?

De acuerdo con Propiedades, existen tres tipos de albacea, el testamentario, que es designado por el autor del testamento; el legítimo, nombrado por los herederos; y el dativo, que es elegido por el juez en caso de que los herederos no se pongan de acuerdo o cuando no hay herederos.

En otro caso, si solo existe un único heredero, éste será automáticamente considerado albacea, salvo que sea incapaz o el testador hubiera escogido a otra persona en su lugar, según menciona el Código Civil.

¿A quién puedo designar como albacea?

Ya que las tareas que desempeña un albacea son importantes, es necesario que la persona designada sea de confianza para el autor del testamento y así se pueda cumplir al pie de la letra el testamento.

Para esto, Alejandro Monreal comenta que “cada testamento requiere una asesoría personalizada que debe prestar el notario, por lo que en cada caso se verá qué es más recomendable, aunque pueden ser nombrados albacea alguna de las personas herederas o un tercero”, por lo que puede ser algún familiar, amigo, persona moral o un notario designado.

¿Cómo puedo realizar mi testamento?

Para realizar un testamento, es necesario acudir a cualquier notaría de la Ciudad de México o del país, tener al menos 16 años, aunque en algunos estados se necesitan únicamente 14 años y en otros 18 años, y estar en pleno uso de sus facultades mentales.

Requerirá una identificación oficial y, dependiendo del estado donde se encuentre la persona, requerirá de uno a tres testigos, en Ciudad de México se necesitan dos.

El costo del testamento ronda los 5,000 pesos, sin embargo, durante septiembre, mes del testamento en México, las notarías realizan hasta el 50% de descuento y dan asesorías gratuitas.

jennifer.galindo@eleconomista.mx

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