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¿Cómo se pueden heredar bienes digitales? Así los puedes incluir en tu testamento
¿Sabías que ahora puedes incluir en tu herencia bienes digitales? Aquí te explicamos más ¡No dejes nada sin repartir, ni en la nube!
Desde 2021, la Ciudad de México permite que los ciudadanos hereden sus bienes digitales, como correos electrónicos, perfiles en redes sociales o incluso criptomonedas, gracias a una reforma del Código Civil. Esta modificación refleja la creciente importancia del patrimonio digital y permite que las personas incluyan en sus testamentos activos almacenados en plataformas digitales y dispositivos electrónicos.
El 4 de agosto de 2021, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la reforma al artículo 1392 del Código Civil, que ahora reconoce la titularidad de bienes digitales como parte del legado. Guadalupe Díaz Carranza, presidenta del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, destaca que esta medida representa un avance significativo, ya que equipara el valor del patrimonio digital con los bienes físicos. “Es fundamental que la gente tome conciencia de la importancia de incluir sus activos digitales en sus testamentos”, subrayó Díaz Carranza.
La reforma permite a los testadores nombrar un ejecutor especial para gestionar los bienes digitales tras su fallecimiento. Este ejecutor podrá solicitar la información necesaria y proceder según las instrucciones del testador, asegurando que el patrimonio no se pierda en el vasto mundo digital.
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Ejemplos de bienes digitales que puedes heredar
El patrimonio digital es más amplio de lo que parece. A continuación, algunos ejemplos de los activos que puedes incluir en tu testamento:
Correos electrónicos: tus cuentas pueden contener información valiosa.
Perfiles en redes sociales: decide qué pasará con tus cuentas en plataformas como Facebook o Instagram.
Bibliotecas digitales: música, libros o películas que hayas comprado.
Cuentas en la nube: como Google Drive, Dropbox o iCloud, donde guardas archivos importantes.
Criptomonedas: como Bitcoin o Ethereum, activos con valor económico significativo.
Fondos en plataformas de apuestas online: si tienes dinero en este tipo de sitios.
Incostitucional eliminar datos de un fallecido: SCJN
Cabe mencionar que en noviembre de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también abordó la protección de datos personales post-mortem. El máximo tribunal declaró inconstitucional una disposición que permitía eliminar los datos personales del fallecido sin tener en cuenta la libertad de expresión y el derecho al acceso a la información. La SCJN subrayó que los datos personales deben protegerse incluso después de la muerte, dado su valor patrimonial y emocional para los herederos.
Este enfoque reconoce que, en un mundo digital, la información personal puede perdurar más allá de la vida del titular, lo que justifica la necesidad de mantener una protección legal adecuada. Así, al incluir tus bienes digitales en tu testamento, aseguras que tu legado, tanto físico como digital, esté en manos de tus seres queridos.