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Trabajadores con ley del 97 se jubilarían al 100% de su último salario
La propuesta, enviada al Congreso de la Unión, este 5 de febrero contempla la creación de un fondo con recursos por alrededor de 64,000 millones de pesos.
De acuerdo con la iniciativa de modificación al sistema de pensiones, propuesta por el presidente, Andrés Manuel López Obrador, todos los trabajadores que comenzaron a cotizar después de 1997, tendrían derecho de jubilarse con el 100% de su último salario.
La propuesta, enviada al Congreso de la Unión, este 5 de febrero contempla la creación de un fondo con recursos por alrededor de 64,000 millones de pesos.
“Se propone establecer en la Constitución a través de esta reforma al artículo 123 que las personas trabajadoras con sesenta y cinco años que empezaron a cotizar después del 1° de julio de 1997 conforme a la Ley del Seguro Social, y las personas trabajadoras que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tendrán derecho a que su pensión de retiro por vejez sea igual a su último salario hasta por un monto equivalente al salario promedio registrado en el IMSS, cuando la pensión que obtengan en términos de la ley sea menor a dicho promedio”, se expone en la propuesta.
El mandatario propone la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que se integrará con el 75% de los recursos provenientes del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado; de la liquidación de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de los ingresos que se obtengan de la venta de bienes inmuebles sin construcción propiedad del Fondo Nacional de Fomento al Turismo.
Además de los adeudos de dependencia de la Administración Pública Federal, del Congreso de la Unión, del Poder Judicial de la Federación y de los órganos autónomos, así como de las entidades federativas, de los poderes legislativos y judiciales locales, de las administraciones públicas municipales o de cualesquiera de sus entes públicos que tengan pendientes de pago ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), el ISSSTE o el IMSS.
Además de los recursos de los artículos 302 de la Ley del Seguro Social y 37 de la Ley del Infonavit, garantizando en todo momento la imprescriptibilidad de los recursos propiedad de los trabajadores.
Se propone tomar los recursos de los fideicomisos del Poder Judicial y de los órganos autónomos, entre otros.