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Opinión

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Anulación de marcas ilegales, constitucional: SCJN

La Corte resolvió que pueden ser anulados los registros de marca otorgados ilegalmente por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), independientemente de la antigüedad con que la que hubieran sido concedidos.

El máximo tribunal de justicia del país, sentenció que el transcurso del tiempo no puede subsanar la ilegalidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación  determinó que es constitucional que las acciones de nulidad del registro de una marca otorgado ilegalmente, puedan ejercerse en cualquier tiempo.

El pasado 29 de enero de 2024, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó la resolución, por votación mayoritaria.

La controversia surgió porque a finales de 2020, la Segunda Sala de la SCJN declaró inconstitucional el artículo 151 fracción I, último párrafo, de la Ley de la Propiedad Industrial, que regulaba la nulidad en contra de registros marcarios otorgados ilegalmente.

En ese momento, los ministros de la Segunda Sala de la SCJN consideraron que los registros de marca con cierta antigüedad ya no debían ser anulados, aunque fueran ilícitos,  “para respetar la seguridad jurídica de los titulares de registros de marca”.

Esto llevó a importantes empresas a perder la batalla legal al intentar evitar que otros se apropiaran de los distintivos de su marca (como Fórmula 1 o F1).

Durante 3 años estuvo vigente ese criterio que provocó incertidumbre y daños a los propietarios legales de marcas.Sin esta herramienta legal, el IMPI ya no podía invalidar marcas que imitan logotipos oficiales del gobierno o que se adueñaron de derechos de terceros, entre muchos otros casos.

En el colmo del absurdo, imperó durante ese tiempo, un criterio contrario a la Constitución y a los acuerdos internacionales que ha firmado el gobierno mexicano.Muchas personas, incluido el IMPI, enviaron cartas en calidad de amigos de la Corte (amicus curiae) a la SCJN, pidiendo que el asunto se resolviera.

Se calcula que más del 40% de las demandas de nulidad de registro de marca están basadas en este artículo.

De acuerdo con cálculos extraoficiales, durante la vigencia del criterio que impedía la nulidad de los registros marcarios obtenidos ilícitamente, se acumularon miles de casos en controversia

Esta causal de nulidad declarada inconstitucional, se utilizó,  en el 60% de los casos. Cada año se registran 600 casos acumulados.

Dada su importancia, el Pleno de la SCJN decidió atraer el caso desde mediados de 2022, para que los once ministros de la Corte pudieran estudiarlo y decidir en definitiva si el artículo era inconstitucional.

La agenda del Pleno de la SCJN, anteriormente controlada por el ministro Arturo Zaldivar, había decidido aplazar indefinidamente la resolución del caso.

Hasta que la ministra Norma Piña asumió la presidencia, el expediente volvió a estudiarse para llegar a una solución definitiva.

El transcurso del tiempo afectó a muchas personas que se vieron en incertidumbre durante más de 3 años, pero finalmente se resolvió de una manera favorable para el bien del sistema marcario y en respeto a los tratados internacionales de los que México es parte.

La defensa a favor del artículo 151 fracción I de la Ley de la Propiedad Industrial estuvo a cargo de Oliver Galindo Ávila, del despacho Regalado y Galindo, Abogados.

En contraparte, el principal promotor y defensor de la prevalencia de la inconstitucionalidad del artículo 151 fracción I, último párrafo, de la Ley de la Propiedad Industrial, es Juan Antonio Hernández, del Grupo Autofin.

La resolución del pleno de la Corte, da certeza sobre la propiedad intelectual y brinda certidumbre y confianza a los inversionistas. Bien por la Corte.

Atisbos

***El presidente lopezobrador reveló ayer que la empresa ferroviaria  Canadian Pacific Kansas City ya levantó la mano para construir el ferrocarril de pasajeros México-Querétaro. Ayer mismo, fuentes confiables aseguraron que Grupo México de Germán Larrea también está en conversaciones con el mismo propósito. Sin embargo, nos aclaran, no necesariamente sería una competencia porque ambas ferroviarias cuentan con una ruta cada una. Ambas están analizando la viabilidad, pero la decisión final será del gobierno mexicano.

***Manuel Romo será el director general de Banamex y Álvaro Jaramillo el director general de Citi México, anunció el director de Citi Internacional, Ernesto Torres Cantú. Hasta que concluya la separación de los bancos continuarán operando como un solo banco y grupo financiero.

marcomaresg@gmail.com

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Periodista desde 1975, ha trabajado ininterrumpidamente en periódicos, revistas, radio, televisión e internet. En los últimos 31 años se ha especializado en negocios, finanzas y economía. Es uno de los tres conductores del programa Fórmula Financiera, que se transmite por Grupo Fórmula.

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