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BEPS, una segunda vuelta
El 31 de diciembre del 2018, los contribuyentes estarán obligados a presentar ante el SAT las declaraciones informativas vinculadas con el proyecto BEPS, referente a estrategias de planeación fiscal tendientes a erosionar la base impositiva y transferir beneficios a jurisdicciones menos gravosas. Las declaraciones informativas son en relación con precios de transferencia y sirven para detectar si hay erosión de la base o transferencia de beneficios en perjuicio del fisco.
Cabe recordar que esto responde al acuerdo fiscal (internacional) del 2016, donde se incorporaron las directrices de la acción 13 del plan de acción BEPS, sigla en inglés del proyecto de erosión de las bases y la transferencia de beneficios de la OCDE, en el artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Esta disposición establece la obligación para determinados contribuyentes mexicanos de presentar anualmente tres nuevas declaraciones informativas relativas a precios de transferencia, las cuales deberán entregarse a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior y las cuales son:
- Declaración informativa Maestra (MF) para subsidiarias de multinacionales extranjeras con ingresos acumulables mayores a 644 millones 599,005 pesos.
- Declaración informativa Local (LF).
- Declaración informativa país por país (CbC) para corporativos mexicanos con ingresos consolidados mayores a 12,000 millones de pesos.
En el Grupo Ciudad Juárez del IMEF tenemos detectado que las declaraciones posibles para presentar, dependiendo de la correspondencia a cada contribuyente, son la local, la maestra o reporte país por país. Por tal motivo, es relevante analizar y destacar en cada empresa obligada, la información a declarar y considerar que los precios de transferencia rutinarios deben de ser consistentes con las propias declaraciones BEPS. Esto es, independientemente del tipo de declaración, la información está estrechamente vinculada a los precios de transferencia, que operan como núcleo.
Entre la información relevante en declaraciones locales está la cadena de valor. Un análisis de dicha cadena, fiel a requerimientos de Michael Porter (economista, investigador y quien dirige el Institute for Strategy and Competitiveness de la Escuela de Negocios Harvard), permite al contribuyente conocer las áreas más importantes de su negocio según el análisis de Actividades de Valor Agregado Real (AVAR); esto es, sería posible conocer qué actividades son relevantes y generadoras de valor y cuáles no.
Además de la relevancia de las sanciones por no presentar las declaraciones en cuestión o que no cumplan requisitos (desde pecuniarias y hasta de prohibición de contratación pública, entre otras), hay que considerar la capacidad del SAT de analizar la información y las medidas que pueda adoptar y a la postre pongan en riesgo la deducibilidad de transacciones intercompañía realizadas.
La cadena de valor provee a la autoridad una cantidad impresionante de información para realizar análisis de comparabilidad y determinación de beneficios. Entre empresas homogéneas (por sector, industria, mercado, etcétera), debería existir consistencia en actividades de valor agregado real, por lo cual la capacidad de distribuir beneficios en la cadena de valor se limita considerablemente.
En esencia, es más visible para la autoridad reconocer, por ejemplo, en empresas que prestan servicios de almacenamiento, el papel que desempeña un almacén/servicios de almacenamiento y los beneficios que deberían obtenerse por proveerlo. El análisis de la cadena de valor permitiría a la autoridad estimar certeramente los beneficios a ser reportados por empresas que desarrollen dentro de su estructura la actividad de almacenaje.
La relevancia de mantener consistente la información presentada en distintos documentos reside en el análisis y correcta aplicación del principio de libre competencia; su inconsistencia indicaría debilidades en el análisis y con ello posibles cuestionamientos por parte de las autoridades. Por todo ello, el IMEF considera relevante prestarle la debida atención al proceso y considerar, como indica el documento: El Nuevo Entorno Tributario Digital, elaborado por la firma Ernst & Young, que no presentar la documentación requerida podría traducirse en multas, la cancelación del registro de importadores, impedir que el contribuyente contraiga contratos con el sector público mexicano e indicar la denegación de deducciones por pagos a partes relacionadas.
*Presidente del IMEF Grupo Ciudad Juárez.
*IMEF Universitario.