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Opinión

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Consentimiento

El movimiento feminista español sigue conquistando logros legislativos. La semana pasada España se unió a Canadá, Islandia, Suecia y al estado de California en el selecto grupo donde “solo sí es sí”. La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual se aprobó con el voto de Unidas Podemos y el PSOE, pero con el rechazo mayoritario de los partidos de derecha, el Partido Popular y Vox.

La Ley es el resultado de seis años de movilizaciones y casi dos de trabajo legislativo. A raíz del terrible episodio de La Manada, en julio del 2016, en que cinco hombres violaron a una joven de 18 años, el movimiento feminista se propuso conquistar el derecho sobre el consenso explícito en las relaciones sexuales.  Por insólito que parezca, ante la evidencia de la violación de la joven, la Audiencia de Navarra declaró a los agresores culpables de abuso, pero no de violación.  La víctima no dejó de luchar y logró que el Tribunal Supremo atrajera el caso, el cual finalmente resolvió que sí había sido violada e incrementó la pena en la cárcel a los cinco culpables.

La nueva ley es un ejemplo de los derechos que deberíamos adoptar en México. Desde la exposición de motivos establece con toda claridad, “Las violencias sexuales no son una cuestión individual, sino social; y no se trata de una problemática coyuntural, sino estructural, estrechamente relacionada con una determinada cultura sexual arraigada en patrones discriminatorios que debe ser transformada. Al mismo tiempo que se inflige un daño individual a través de la violencia sobre la persona agredida, se repercute de forma colectiva sobre el conjunto de las mujeres, niñas y niños que reciben un mensaje de inseguridad y dominación radicado en la discriminación, y sobre toda la sociedad, en la reafirmación de un orden patriarcal”.[1]

Este párrafo pone el dedo en la llaga de un grave problema social y, para atenderla, la ley define con precisión las diferencias entre agresión, abuso, violencia, acoso callejero y violación, todas tipificadas y penadas. En una relación sexual el “yo pensé”, “ella se desnudó”, “ya estábamos en la cama”, no son suficiente para consumar la relación. Se requiere un consenso verbal y explícito. Sin ello, existe fundamento para que se tipifique un cargo. Además, se estipulan agravantes cuando el delincuente se ha valido de algún tipo de sustancia para cometer el delito o la víctima no se encuentra en posesión plena de su autonomía y capacidad de decisión. En otras palabras, ante una mujer que por cualquier motivo no es dueña de sí misma, ni siquiera el sí es sí.

El Código de Educación de California, otro ejemplo a seguir, dice: “Es responsabilidad de cada persona involucrada en la actividad sexual asegurarse de que tiene el consentimiento afirmativo del otro u otros para participar en la actividad sexual. La falta de protesta o resistencia no significa consentimiento, ni el silencio significa consentimiento”. [2]

Me imagino que para algunos en México una ley así es un exceso, y estarían de acuerdo con lo expuesto por diputada de extrema derecha (Vox), “es imposible para el hombre probar el consentimiento, en esta ley se hace apología de la mentira. Se fuerza al sistema a creer a la mujer sin pruebas y se le dan armas para que se vengue”.[3]

Ante el tsunami de violencia de género que padecemos en México, ¿no deberíamos sistemáticamente confiar en las mujeres?

[1] Proyecto de Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, Congreso de los Diputados, XIV Legislatura, https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-62-5.PDF

[2] Peramato Martín, Teresa, Una ley bienvenida, El País, 29 de agosto de 2022, p. 9; la autora es fiscal de Sala contra la Violencia sobre la Mujer.

[3] Declaración de Diputada Carla Toscano, Vox, https://www.lavanguardia.com/vida/20220526/8296240/pp-vox-oponen-ley.html

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Julio es egresado de la Facultad de Ciencias Políticas de la UNAM, con maestría en políticas públicas de la Universidad de Georgetown.

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