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Opinión

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Credencial de elector, cédula de identidad

La semana pasada volvió a la mesa de la autoridad electoral nacional una añeja discusión respecto de los alcances y función que debe tener la credencial de elector, la cual, al día de hoy representa no sólo un documento que permite a ciudadanas y ciudadanos ejercer su derecho a votar, sino que también es el instrumento de identidad más solvente para mayores de edad con el que cuenta el Estado mexicano, el más aceptado por instituciones públicas y privadas y el único que tiene el respaldo de un padrón depurado y actualizado permanentemente con más de 82.5 millones de inscritos(as).

A juicio de algunos actores políticos, la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales publicada el año pasado, circunscribe el uso de esos registros ciudadanos que tiene el INE con fines electorales, y entonces el padrón que administra el instituto a través de su Registro Nacional de Electores no debe, desde esa perspectiva, tener ningún otro fin más que el de poder acudir a las urnas, de tal modo que la base de datos que asocia información verificada de la ciudadanía a la credencial de elector (huellas dactilares, acta de nacimiento, firma, imagen del rostro) no sea parte de convenios de colaboración con bancos u otras dependencias, que no sea un documento de identidad en general sino uno que sólo sirva para el día de las elecciones.

El debate no es nuevo, y sin duda es necesario asumir que se requiere armonizar la realidad del país, la ley electoral, la ley de población y la protección de los datos personales más allá de las disposiciones transitorias que al día de hoy le dan legitimidad y legalidad al valor de identificación oficial que tiene la credencial, además de su función meramente electoral.

Me parece que el Artículo 126 de la Legipe permite esa doble función porque dice expresamente que los datos del registro de electores cumplirán con las obligaciones previstas por esta Ley, en materia electoral y por la Ley General de Población , y ésta estableció en su artículo cuarto transitorio desde 1992 que, en tanto no existiera una cédula de identidad, los padrones electorales se utilizarían para esa función.

Aquél año, ante la falta de disposiciones legales que garantizaran un documento de identidad confiable para las y los mexicanos, se mandó efectivamente crear una Cédula de Identidad Ciudadana que expediría la Secretaría de Gobernación con efectos de identificación oficial de los mayores de edad inscritos en el Registro Nacional Ciudadano, otro instrumento derivado de aquella modificación legal, y en tanto eso ocurría la población debía inscribirse en los padrones electorales e identificarse con la credencial de elector. Sin embargo, la realidad y la evolución política e institucional de nuestro país, a lo largo 24 años en los que no expidió las cédulas, convirtió al padrón electoral y a la credencial de elector no en instrumentos provisionales, sino en los más sólidos para identificar a mayores de edad, en los pilares del derecho a voto pero también del derecho a la identidad.

Por diversas razones la cédula no se expidió, y lo que sería provisional para efectos de identificación, es decir el padrón electoral y su credencial, ha sido en los hechos esa cédula y ese registro ciudadano durante más de dos décadas.

¿Sería lógico que el Estado levantara nuevamente un registro de todos los mayores? ¿Que hubiera dos bases de datos con biométricos, depuración y actualización? Yo creo que no.

Hoy, la credencial de elector, a la par que es un instrumento indispensable para el ejercicio del voto, hace efectivo el derecho a la identidad de los mexicanos mayores de 18 años. Emitir ahora una nueva mica y levantar un nuevo registro sería renunciar a los años que ha costado mantener el padrón y su credencial.

El tema merece un ajuste legal que saque del modelo transitorio que arrastramos desde hace casi un cuarto de siglo al que es el instrumento de identidad y llave para votar, fortaleciendo también candados y garantías en la protección de datos personales. La credencial de elector debe ser reconocida como la cédula de identidad ciudadana.

Twitter:@MarcoBanos

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