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El espíritu de la ley
En manos de 11 consejeros electorales del INE y cinco magistrados del TEPJF quedará la decisión de si se consolida nuestra democracia y la división de poderes o volvemos al poder supremo del presidente de la República y al partido único.
Si aplican al pie de la letra lo que dice la Constitución, Morena y sus aliados con 55% de la votación tendrán una representación de 75% en la Cámara de Diputados, muy por arriba de lo que fue la voluntad popular en las elecciones del 2 de junio pasado.
Deben, sin embargo, apegarse a lo que dice la Constitución desde 1996, “ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios”, y “en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje total de la cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”.
No puso ese límite a las coaliciones, porque en esa fecha no se permitían las coaliciones como las conocemos ahora. Deben considerar que Morena y sus aliados son una sola fuerza política, con una sola candidata y un solo programa, por lo que son el equivalente a un partido como lo señala el COFIPE en su artículo 60 “A la coalición le serán asignados el número de diputados y senadores por el principio de representación proporcional que le correspondan, como si se tratara de un solo partido”.
Tanto los consejeros como los magistrados no pueden limitarse a una interpretación rígida de la Constitución, sino analizar cuál fue en su momento “el espíritu del legislador” al permitir que el partido o fuerza política triunfadora pudieses tener una sobrerrepresentación de 8%, pero no más de 300 diputados por ambos principios.
“Según el diccionario del español jurídico, “El criterio interpretativo de las normas jurídicas debe atender principalmente la intención del legislador o finalidad que inspiró su adopción”. “Las normas se interpretarán según el sentido de su palabras, en relación con el contexto, los antecedentes, históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.
El espíritu del legislador en 1996 era darle mayoría al partido triunfador para garantizar la gobernabilidad otorgándole una sobrerrepresentación de 8%, pero limitarle el número de diputados a esa fuerza política a 300 para que no tuviese mayoría calificada para cambiar la Constitución, sino a través de un acuerdo político con la oposición. El objetivo era fortalecer la división de poderes y darle estabilidad de largo plazo al país, al evitar que el presidente y su partido pudiesen cambiar la Constitución cada seis años sin un acuerdo nacional.
Los consejeros del INE y los magistrados del TEPJF tienen también que evitar el fraude que pretende hacer Morena al asignarle al partido Verde y al del Trabajo, diputados de mayoría que en realidad son de Morena. El PVEM tiene 57 y el PT 37 diputados de mayoría relativa que realmente son militantes de morena, pero le dieron la vuelta para por esa vía lograr la sobrerrepresentación.
No es exagerado decir que nuestra democracia, la división de poderes y la autonomía del Poder Judicial y de los órganos electorales depende de la decisión que tomen los consejeros electorales, pero sobre todo los cinco magistrados del TEPJF que tienen la última palabra.