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El poder de los influencers
Dentro del ámbito de las libertades, la de expresión tiene una importancia angular. En el caso de México, está protegida por el artículo 6 de la Constitución General de la República y, entre otros, por el diverso 13, inciso 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Junto con el derecho a la libertad de expresión está el diverso de acceso a la información, contemplado en ese mismo artículo -6-, así como en el numeral 7 de la propia Constitución. En relación con este último derecho señala el artículo 6 que “[t]oda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.” Desde 2013 existe a rango constitucional, a la par del derecho a la libertad de expresión, el de réplica.
Como todo derecho humano, el derecho a la libertad de expresión no es absoluto, tiene como límites los ataques a la moral, los derechos de terceros, que se provoque algún delito, se perturbe el orden público o se afecten los llamados “derechos de la personalidad” que comprenden el derecho a la intimidad o a la vida privada.
Esto significa que no existe un derecho a despreciar, humillar, insultar, injuriar, denostar o denigrar a las personas, incluyendo a los particulares con proyección pública o a las y los servidores públicos. Aun cuando es necesario precisar que éstos últimos, en función de su encargo y proyección social, deben tener un mayor margen de tolerancia que quienes deciden no tener proyección pública.
En las redes sociales, cada vez con mayor frecuencia, con el ánimo de causar daño y con malicia efectiva, se afecta el honor de las personas, además -y esto es lo más preocupante-, se da en segundos información falsa. La información y/o noticias falsas, que se les conoce con el extranjerismo de fake news, impide que los usuarios de Twitter o Instagram, puedan formar su propia opinión sobre un tema en particular. Esto se ve agravado porque en general, cada vez hay lectores con pensamiento menos crítico, por la forma en la que llega el conocimiento que es a través de las influencers.
Las redes sociales, por un lado, que es el aspecto positivo, han empoderado a la sociedad civil y son el mayor espacio para ejercer la libertad de expresión en forma igualitaria. Sin embargo, han debilitado a las y los profesionales de la comunicación, cuya información cada vez está más relacionada con lo que dicen en sus cuentas de redes sociales las y los servidores públicos, empresarios/as, personas del mundo académico, del deporte y también, que es el tema de este artículo, están particularmente influenciadas por lo que expresan las y los influencers.
El periodismo de investigación o información veraz e imparcial que proporcionan la mayoría -aunque hay quienes no lo hacen, violando los códigos de ética de su profesión- de los profesionales de la comunicación, quizá sea en la actualidad menos valorado que lo que dicen las influencers.
En otras palabras, la opinión pública, cada vez con mayor claridad se está formando en su mayoría, en lugar de con la información que se dé a través de fuentes oficiales o que proporcionan los profesionales de la comunicación, para que las personas puedan libremente opinar sobre los acontecimientos sociales y políticos que sean de su interés, con la opinión que emita al respecto por una o influencer.
Solamente en algunos casos, las y los influencers tienen una cultura mayor al promedio o la capacidad de emitir opiniones neutras, objetivas e imparciales sobre el trabajo de personas con proyección social relevante o servidores públicos. ¿Será que las sociedades están transitando inconscientemente al ámbito de lo subjetivo y parcial?
En la actualidad una persona comienza a tener valor, poder y relevancia social, por el número de seguidores en redes sociales que tiene y por la frecuencia e interlocución que se tenga con las y los seguidores.
A veces pareciera que los y las influencers buscan ganarse seguidores empoderándolos a través de una especie de psicología colectiva, en donde se muestran, de vez en cuando, al natural. Mostrarse al natural significa visibilizar sus imperfecciones, defectos físicos y aceptarse a sí mismos. Otras veces, conectan con sus seguidores a través de empoderarlos y darles autoestima, diversión o entretenimiento. A partir de este momento es cuando sus comentarios tienen el poder de formar la opinión pública. Esto es así, toda vez que se convierten en modelos a seguir o “rol models” de varios cientos de miles de personas, si no es que millones y paralelamente en mercadólogos digitales.
El nicho económico que representa para las influencers promocionar un producto, es demasiado atractivo y lo que originalmente comenzó como parte de ayudar a tener autoestima o mostrarse a sí mismos, pasa a ser un mercado digital, en el que promocionan productos que no siempre hacen bien a la salud o que ellas no necesariamente consumen. Tal es el caso, por ejemplo, del uso de los cigarrillos eléctricos o vapes, cremas o productos de belleza e incluso alimentos en polvo sin la certeza de su valor nutricional. Las y los influencers van perdiendo la dimensión de lo que les hace bien a sus seguidores para velar por sí mismos y promocionar productos que les paguen mejor.
Finalmente, se debe advertir que cuando los influencers excedan los límites de la libertad de expresión, en especial, cuando dañen el honor o vida privada de una persona, ésta tiene derecho a ejercer las acciones legales que para resarcir el daño causado.
Será interesante leer las sentencias que comiencen a regular a través de la acción de responsabilidad civil extracontractual, a las redes sociales. La forma en la que se vean los límites a la libertad de expresión de quienes ocupan las redes sociales, será resultado, mientras no se regule por una norma general, de las sentencias que se dicten cuando se demande el pago por el daño moral causado por el o la persona que transgreda el derecho a la intimidad o a la vida privada, haber atacado la moral, los derechos de terceros o por haber provocado algún delito o perturbado el orden público. No se puede concluir sin antes decir que siempre se debe preservar el núcleo esencial de la libertad de expresión, por ello en cada caso se deberá ponderar los derechos en conflicto.
Es tan extenso el tema, que no cabe en un artículo, por lo tanto, es necesario concluir con los siguientes puntos:
- Primero, algunos influencers están sustituyendo el trabajo de los profesionales de la comunicación y, por extraño que parezca, están siendo líderes de opinión.
- Segundo, hay una disminución de la cultura promedio que se posiciona en la que tienen las y los influencers; que se convierten también en personas mercadólogas digitales.
- Tercero, muchos influencers desconocen los límites a la libertad de expresión, por lo que serán responsables de los mismos cuando se ponderen los derechos en conflicto.