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Opinión

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El prestamista de última instancia

Hasta ahora se ha evitado una crisis financiera por el Covid-19. No obstante, ya una institución bancaria quebró (Banco Famsa) y el Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) intervino para salvaguardar los recursos de los depositantes. Otros bancos han externado dificultades y ha habido preocupación por mantener una adecuada liquidez en el sistema, además del riesgo creciente de que individuos y empresas puedan caer en cartera vencida. Por ello, el Banco de México adoptó en abril una serie de medidas para fortalecer la liquidez y la estabilidad de los mercados financieros, mismas que ya fueron extendidas hasta el 28 de febrero del 2021.

Una posible crisis financiera nos lleva a reflexionar sobre la función de prestamista de última instancia (PUI) que es el instrumento de los bancos centrales para enfrentar una inestabilidad y falta de liquidez. En la ley del Banco de México, en el artículo 3º, (II) esto se consigna como “operar como acreditante de última instancia”. Pero ésta es la única referencia en la ley sobre esta función.

El PUI es quizá de las funciones más controvertidas de un banco central. Por un lado, éste tiene la responsabilidad de brindar apoyos de liquidez de emergencia a la banca, dado su papel primordial dentro del sistema de pagos y su objetivo de coadyuvar a la estabilidad financiera. Pero actuar como PUI puede crear un gran riesgo moral, y exponerlo a riesgos financieros y difuminar la línea divisoria con la política fiscal. Además, los apoyos de liquidez a instituciones individuales suelen ser impopulares, generando riesgos reputacionales.

El Banco Internacional de Pagos (BIS) ha planteado varias incógnitas sobre ese rol de los bancos centrales: ¿cómo lograr el equilibrio entre limitar los riesgos y garantizar que la función de PUI se pueda realizar de forma eficaz? ¿Deberían los bancos centrales ser ambiguos en público sobre los términos y condiciones del respaldo de liquidez? ¿O hay un caso para políticas de PUI bien articuladas y comunicadas ex ante como parte de un marco de estabilidad financiera más amplio?

El Banco de México ha optado por no hacer públicas sus reglas y lineamientos que detonan la función de PUI. Prefiere explicar ex post el procedimiento y sus causas. Esa postura es válida al dar mayor margen de maniobra y acotar el riesgo moral. Sin embargo, el BIS se ha pronunciado por una mayor transparencia en este tema para mejorar la gobernanza y que la banca conozca bajo qué circunstancias se activan los arreglos operativos correspondientes. Por ejemplo, vincular las pruebas de estrés a posibles activaciones del PUI.

Lo que sabemos es que cuando una institución enfrenta problemas, la primera línea de defensa es el IPAB. Pero su fondo es limitado (Famsa absorbió más de la tercera parte del mismo). ¿Qué hubiera pasado si el banco en problemas hubiese sido uno de los grandes? En ese supuesto, ¿sería el Banco de México el que al amparo de la PUI daría recursos al IPAB? Mayor información sobre la función del PUI sería deseable como un ingrediente más para promover la estabilidad financiera.

federico@rubli.net

Economista egresado del ITAM. Cuenta con Maestría y estudios de doctorado en teoría y política monetaria, y finanzas y comercio internacionales. Columnista de El Economista. Ha sido asesor de la Junta de Gobierno del Banxico, Director de Vinculación Institucional, Director de Relaciones Externas y Coordinador de la Oficina del Gobernador, Gerente de Relaciones Externas, Gerente de Análisis Macrofinanciero, Subgerente de Análisis Macroeconómico, Subgerente de Economía Internacional y Analista.

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