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Opinión

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Imparcialidad y recursos públicos

Desde el 2008, la autoridad electoral aprueba periódicamente criterios y normas administrativas sobre la imparcialidad que deben observar gobernantes y servidores públicos en general, frente a los procesos electorales. Eso no significa impedir la libertad de conciencia o militancia política, sino mantener nivelada y equitativa la cancha de competencia comicial para todas y todos, evitando que funcionarios usen su encargo y los recursos que administran como plataforma de promoción personal, ariete de campaña para sí mismos o para sus respectivos partidos.

Ese esfuerzo normativo que no siempre ha tenido respaldo del TEPJF, siempre ha estado orientado en evitar que se rompan las condiciones de equidad entre competidores a cargos electivos y busca hoy garantizar que no sean letra muerta los mandatos constitucionales vigentes que exigen a servidores públicos mantener neutralidad e imparcialidad en el uso de los recursos institucionales en todo tiempo, pero particularmente cuando hay elecciones.

Nuestro modelo electoral prohíbe que en todo tiempo los funcionarios promuevan su imagen con cargo al erario y, de manera particular, en época de campañas, que los gobiernos difundan propaganda de cualquier tipo, personalizada o no, porque ahí sólo excepciones justifican anuncios en medios masivos, como es la difusión de mensajes de protección civil en emergencias, los servicios educativos y salud.

En otras palabras, los gobiernos municipales, estatales o el federal, no pueden presumir logros con spots en época de campaña a manera de autoelogio patrocinado por el erario, ni transmitir o promover mensajes publicitarios con ánimo de incidir en las contiendas, ni presionar al electorado, desde programas sociales, para votar en uno u otro sentido.

Este 2019 tenemos en curso elecciones en seis entidades federativas, en Aguascalientes, Baja California, Durango, Quintana Roo, Tamaulipas, y además del proceso extraordinario en Puebla. En las legislaciones de esos estados se reconoce que las conductas de autoridades y servidores públicos pueden constituir infracciones en materia electoral por la realización de actos que contravengan el principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos tal y como ocurre a nivel constitucional.

Por eso en el INE se han aprobado, la semana pasada, nuevas medidas para mantener nivelado el terreno en las elecciones y tienen que ver con evitar presión indebida desde gobiernos a electores, propiciar que la imparcialidad en el uso de recursos públicos se respete y que la propagada gubernamental, personalizada y no personalizada, no afecte la equidad. Estas normas del INE tratan, por ejemplo, de precisar que en campañas no hay suspensión de programas sociales, pero sí de promoverlos en actos masivos, en plazas públicas o estadios y hasta en palenques que se habilitan como tribuna para presentar beneficios como labor partidista y no de Estado, convertir su entrega en un mitin que rompa la equidad.

No fue el INE quien se inventó la imparcialidad y la prohibición a difundir propaganda gubernamental en campaña, lo hizo la clase política que, en consenso, optó por evitar acciones añejas de parcialidad y simulación.

*Consejero del Instituto Nacional Electoral.

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