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Opinión

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Importancia de la correcta determinación del mercado relevante

En el análisis antitrust o de competencia económica existen varios conceptos fundamentales. Sin embargo, en mi opinión, el más importante es el denominado mercado relevante.

El objetivo de las autoridades de competencia es tomar decisiones efectivas para combatir los monopolios o el uso indebido del poder de mercado. En su trabajo, las autoridades pueden incurrir en dos tipos de errores. El error tipo I, que se refiere a situaciones en las que hay una valoración incorrecta de la situación y la autoridad determina que existe riesgo a la competencia, cuando en realidad no lo hay. Por ejemplo, hablando de una fusión, ello significaría que la autoridad objetaría una transacción legítima.

El error tipo II, por el contrario, ocurre cuando el análisis de la autoridad concluye incorrectamente que una situación no es de riesgo a la competencia, cuando realmente sí lo es. Siguiendo con el ejemplo de la fusión, el error sería autorizar una operación anticompetitiva, por un mal análisis de efectos.

Ambos errores son graves. En el primer caso, se perjudica a los particulares involucrados en la concentración. En el segundo, la sociedad debe cargar con el costo de una fusión que no debió autorizarse.

Son varios los elementos que intervienen en el correcto análisis de competencia. Pero sin lugar a dudas, la determinación del mercado relevante juega el rol principal. La razón es que el mercado relevante delinea el ámbito económico en el que deben juzgarse los posibles efectos anticompetitivos, se trate de una fusión, una práctica monopólica relativa, una declaratoria sobre condiciones de competencia o poder sustancial o un procedimiento especial, aplicable al análisis de las barreras a la competencia o de un insumo esencial.

La determinación del mercado relevante es un ejercicio que consiste en preguntarnos las posibilidades de sustitución de los bienes o servicios que son objeto de análisis. La sustitución se determina por dos vías: la demanda y la oferta. Cuando se trata de la sustitución de demanda, analizaremos las posibilidades que los consumidores tienen de sustituir un bien o servicio, por algún otro. El análisis inicia por el comparativo físico y de las características entre los productos y continúa con la obtención de evidencia económica sobre la reacción que los consumidores tendrían en caso de elevación de precios de los bienes o servicios objeto de análisis.

La sustitución de oferta es un ejercicio que cuestiona la posibilidad de que productores situados en mercados cercanos (no sólo geográficamente, sino afines tecnológicamente, por citar un ejemplo) tengan la posibilidad de utilizar su capacidad productiva, para atender la demanda de los consumidores de los bienes o servicios objeto de análisis, ante un escenario de elevación de precios de los mismos.

Como se podrá intuir, el ejercicio de definición de mercado conlleva a delinear los alcances de éste en cuanto a las características de producto, pero también en el ámbito geográfico. Implícita o explícitamente, también es necesario explorar la dimensión temporal, mediante un análisis prospectivo que nos dé elementos sobre la evolución del mercado en el corto y mediano plazos.

Debe tenerse presente que, si no se tiene cuidado en la correcta determinación del mercado, no será posible desarrollar una investigación adecuada. Las hipótesis de daño, que deben plantearse en toda investigación antitrust descansan, en la mayoría de los procedimientos, en el mercado relevante definido. De tal forma, si hay un error en esta definición, las conclusiones del análisis estarán sesgadas y se incurrirá en el riesgo de alguno de los errores señalados.

Un aspecto que se pasa por alto con frecuencia o no se comprende es que la definición del mercado relevante se hace caso por caso, dependiendo del tipo de procedimiento o los agentes involucrados. Sobre eso y otros aspectos, continuaremos nuestra exposición en próximas entregas.

*Consultor de Ockham Economic Consulting, especializado en competencia económica y regulación. También es profesor universitario.

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Consultor en Competencia Económica y Regulación, además es profesor universitario.

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