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Opinión

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Iniciativas ciudadanas y el futuro de Conagua

El 8 de febrero de 2012, la Cámara de Diputados publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que declaró reformado de El Derecho Humano al Agua, modificando el articulo 4º Constitucional. El decreto dictaba que el Congreso de la Unión contaba con un plazo de 360 días para emitir una Ley General de Aguas. Este plazo venció hace más de siete años.

Después de varios esfuerzos frustrados en 2015, en este año se reactivaron los esfuerzos por redactar una propuesta de Ley General de Aguas; la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, que organizó 22 foros regionales denominados “Rumbo a la Construcción de una nueva Ley General de Aguas” aún pendiente de redacción. La Comisión Nacional de Agua (Conagua), a través de su Dirección General, organizó durante 2019 y 2020 una serie de “Foros de Disertaciones sobre el Derecho Humano al Agua para la Construcción de una Ley General Incluyente” en los que queda pendiente realizar una segunda ronda de foros técnicos para definir la redacción de la propuesta de ley, también pendiente de reacción, y una serie de iniciativas ciudadanas hoy apoyadas por diferentes legisladores.

Respecto a estas iniciativas ciudadanas, hasta ahora contamos con tres propuestas vigentes lideradas por diferentes actores como el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados con la iniciativa que originalmente presentó la diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez. Por otra parte está la organización civil Coordinadora Nacional Agua para Todos, con apoyo de la diputada Clementina Marta Dekker Gómez e integrantes del grupo parlamentario del PT, y también se suma el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Senadores.

Ante la premura de diversas fuerzas políticas y posturas ciudadanas, la Comisión Nacional del Agua reaccionó y emitió el pasado 2 de mayo un comunicado de prensa en el que “celebra el interés y el trabajo realizado” y también indica que las “diferentes... propuestas... serán analizadas en su momento por especialistas técnicos y jurídicos de [la] Conagua”. No obstante, aclara que “no apoya alguna iniciativa en particular”.

Es loable que exista una amplia participación pública y un vigoroso debate pero, en este caso, las actuales propuestas carecen de la revisión crítica de especialistas técnicos y jurídicos en la materia, y por tanto conservan múltiples aspectos que atropellan el desarrollo histórico del concepto de aguas nacionales.

Las tres iniciativas indican que la Conagua realizará sus funciones sustantivas en coordinación o en todo caso, con el acuerdo o supervisión del Consejo Nacional de Cuencas o del Consejo Nacional de Aguas y Cuencas. Incluso se propone que esos consejos sean parte de la Junta de Gobierno de la Conagua y participen (léase autoricen) en la determinación de los montos que se solicitarán dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación, en la elaboración del Programa Nacional Hídrico y en la gestión integrada de los recursos hídricos.

Las iniciativas vigentes parten de la visión de que el único uso prioritario del agua es el derecho humano y la agricultura dedicada a la seguridad (auto)alimentaria; los usos industriales y de servicios son revocables a consideración de un grupo de ciudadanos que no serán elegidos por toda la población, ni dependerán del poder Ejecutivo Federal, y tampoco serán aprobados por el Senado.

Además, desestiman el simple hecho de que la falta de agua para uso doméstico se debe más a fallas de gestión, que a la ausencia de un volumen de agua, pues la dotación de 100 l/hab/día requiere 4,562.5 hm³/año para surtir a 125 millones de mexicanos, cuando las asignaciones para uso público urbano ascienden a 12,591 hm³/año, lo que redunda en la consideración de que lo faltante es un servicio público domiciliario de agua potable, más que revocar todos los usos del agua para privilegiar el derecho humano al agua, y menos de manera inmediata ya que es un derecho progresivo.

Estas iniciativas contemplan la revisión y revocación de los títulos de concesión que no cumplan con una Evaluación de Impacto Socio Hídrica realizada por los propios Consejos Regionales de Aguas y Cuencas o con las nuevas obligaciones previstas en la propuesta de ley, con esto es altamente probable que se revoquen múltiples concesiones en perjuicio de sus titulares, lo cual es contrario al primer párrafo del artículo 14 constitucional que define que ninguna ley dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Asimismo, las iniciativas contienen otros aspectos de inconstitucionalidad, como múltiples normas que se repiten constantemente; traslape de funciones y excesivas referencias a “autoridades competentes” sin identificarlas; invasiones de atribuciones; normas vagas e imprecisas, en términos de “promoverán, desarrollarán, deberán, verificarán y fomentarán” sin explicitar exactamente quiénes deberán hacer qué y qué sanciones habrá en caso de incumplimiento, y se anula o restringe a la Conagua a tal grado de que prácticamente no puede hacer nada sin la “aprobación, acuerdo o supervisión” del Consejo Nacional de Aguas y Cuencas.

En particular, es preocupante que se proponga que los Consejos Regionales de Cuencas sean autoridades autónomas, tengan jurisdicción territorial, sean destinatarios del Presupuesto de Egresos de la Federación, o tengan atribuciones económicas y no rindan cuentas ante nadie, además de no estar considerados en la Constitución. Por lo anterior, es aún más relevante, que en pro de un mejor debate público los legisladores asuman su responsabilidad, reflexionen y evalúen que las iniciativas que apoyen no contraríen los principios constitucionales que estas atentan.

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