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Opinión

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La crisis financiera de las compañías de seguros

Al contratar un seguro de gastos médicos mayores o un seguro de vida, es indispensable leer las condiciones generales de la póliza, mismas que las aseguradoras tienen obligación de entregar y poder probar ese hecho con la firma de recibido del asegurado, pues de lo contrario, estarán obligados a pagar los siniestros que se presenten. 

Las aseguradoras no pueden negar la contratación en función de la edad, discapacidad o incluso condición de salud de un beneficiario, porque sería contrario a los derechos humanos, pero sí pueden cambiar la prima que cobran en cada caso particular, una vez que hagan los estudios actuariales. 

Las finanzas públicas del Estado no han sido las únicas que se han visto mermadas con la pandemia -el derecho humano a la protección de la salud corresponde al Estado y debe asumir en su totalidad los gastos médicos, hospitalarios y de medicamentos-. 

Las compañías de seguros también han tenido que afrontar el reto de los daños colaterales que ha dejado el virus, porque después de un año y medio de pandemia por el Covid-19; más de 3 millones 760,000 de casos y, muertes que superan las 284,000, la mayoría de las empresas de seguros, que por más grande o chico que fuera el porcentaje del total de casos atendidos en el sector salud privado con seguro de gastos médicos, debió haber dejado un desbalance en sus finanzas, que se debe atender y no dejarlas a su suerte. 

Esto es especialmente importante porque su futuro tampoco pinta bien, toda vez que el Covid-19 dejó, en algunas personas, dejó secuelas de salud en diversos órganos y padecimientos que aún se están estudiando. Las aseguradoras tendrán que reinventar su futuro financiero. Sería muy delicado que las compañías de seguros presenten solicitudes de declaraciones de liquidación judicial. Este escenario no es sano, porque aun cuando se contrate un seguro y se pague por ello, las aseguradoras le quitan peso al Estado en la obligación constitucional de protección al derecho a la salud de la población, que será tema de otro escrito. 

El riesgo de muerte por Covid-19 o de quedar con secuelas serias, aumentó considerablemente cuando la persona era de alto riesgo. Esto se presentaba cuando tenía enfermedades subyacentes como obesidad mórbida, hipertensión arterial sistémica, alguna afección cardiaca, diabetes mellitus, problemas renales o, entre otras, enfermedades autoinmunes. 

Para la validez de los contratos de seguro se requiere de la buena fe de las partes, pues de lo contrario se vería afectado de nulidad por omisión, falsas o inexactas declaraciones del asegurado, que a su vez vician el consentimiento de la parte aseguradora.

Las aseguradoras en general durante esta pandemia no rescindieron los contratos de seguro en forma extemporánea, aun cuando en muchos casos en el “cuestionario de salud” que el o la asegurada llenaron junto con la solicitud del seguro, omitieron declarar enfermedades preexistentes que al contraer Covid-19 las evidenció. 

Las aseguradoras, con fundamento en el artículo 48, de la Ley Sobe el Contrato de Seguro tienen 30 días para rescindir en forma extemporánea el contrato de seguro contados desde la fecha en la que tienen conocimiento de que los o las aseguradas omitieron o declararon inexactamente enfermedades preexistentes. 

¿Sin embargo, pudieron haber hecho algo las aseguradoras durante esta pandemia para rescindir extemporáneamente los contratos de seguro? En realidad, no. Era -y sigue siendo- tan grande el dolor humano, tan incierto el futuro y previamente al Covid-19, tan cuestionado el prestigio de las aseguradoras, porque la voz popular las tenía clasificadas como resistentes a pagar en la mayoría de los casos; que difícilmente pudieron haber rescindido los contratos de seguro por declaraciones inexactas sobre las condiciones de salud previas a contraer Covid-19. Y de haberlo hecho en ese momento, hubieran perdido toda calidad moral. 

Con la crisis sanitaria, aun cuando en el pasado no lo hicieron, y muchas veces su insensibilidad y falta de comprensión de la fragilidad de la vida, las caracterizó; las compañías de seguro, en general, se portaron a la altura de las circunstancias. 

Ahora corresponde hacer políticas públicas para evitar que soliciten ser declaradas en liquidación judicial porque esto sería un mensaje muy negativo que perjudicaría no solamente a los asegurados y aseguradas, sino al país entero. 

En otras palabras, la crisis financiera que tengan las compañías de seguros, debe resolverse cuanto antes.

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