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Opinión

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Los Derechos Humanos, el Parlamento Europeo y la relación México-Unión Europea

El respeto a los Derechos Humanos es uno de los objetivos fundacionales del proyecto comunitario europeo que surgió después de la Segunda Guerra Mundial, bajo los ideales de personajes de la talla de Robert Schuman, Jean Monnet, Konrad Adenauer y Winston Churchill.

En sus relaciones hacia el exterior, la Unión Europea también procura exportar los valores de paz, igualdad, libertad, diversidad, respeto al Estado de Derecho y a los Derechos Humanos.

El Parlamento Europeo, que representa los intereses de cerca de 450 millones de habitantes de los 27 países que integran la Unión Europea, es la institución más democrática del modelo comunitario, pues sus miembros son electos por sufragio universal y directo.

De manera particular, la Eurocámara ha hecho suya la defensa por la democracia y las libertades en distintas latitudes y en diferentes épocas, y no les ajeno lo que sucede en México. Lo mismo se ha pronunciado contra el desafuero de Andrés Manuel López Obrador, en 2005; ha condenado los feminicidios en Ciudad Juárez, en 2007 y, de manera especial, ha alzado la voz por la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, en 2014 y 2015.

El Acuerdo Global México-Unión Europea, en vigor desde el año 2000, es considerado un acuerdo de cuarta generación, porque además del ámbito comercial, el diálogo político y la cooperación, incluye una cláusula democrática como fundamento de la relación bilateral, que antepone “el respeto a los principios democráticos y a los derechos humanos fundamentales, tal como se enuncian en la Declaración Universal de los Derechos Humanos” (Título I, Artículo 1).

Aunque se ha criticado la ineficacia de las cláusulas democráticas promovidas por la UE en sus distintos acuerdos de asociación, en el caso de México la misma ha adquirido un estatus especial, sobre todo después de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, de 2011, que eleva a rango constitucional los tratados internacionales en la materia. Y con mayor razón, a partir del año 2013, cuando la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que aquellas cláusulas de los tratados internacionales que se refieran a Derechos Humanos (aunque el tratado per se no lo sea), también gozan de rango constitucional, como sucede, precisamente, con la cláusula democrática del Acuerdo Global México-UE, hoy en proceso de modernización.

La polémica resolución del Parlamento Europeo, promovida por la Subcomisión de Derechos Humanos y aprobada en el Pleno de Estrasburgo el jueves 10 de marzo de 2022, es cierto, contiene diversos datos erróneos, imprecisiones, ambigüedades y especulaciones. Aún así, fue aprobada por una abrumadora mayoría de 607 votos a favor, dos en contra, y 73 abstenciones. 

Los eurodiputados de los siete grupos políticos que conforman el Parlamento Europeo y representan a todos los colores y posturas ideológicas, además de los miembros no inscritos (independientes), dieron su anuencia al documento citado. 

Lo anterior se explica porque, precisamente, el punto central del pronunciamiento de la Eurocámara tiene que ver con el asedio y, sobre todo, con el asesinato de periodistas y defensores de Derechos Humanos en México, en cifras incontestables y preocupantes, que resultan alarmantes en cualquier tiempo, contexto y lugar.

Hablamos de Derechos Humanos en tiempos convulsos, y ante amenazas internacionales incesantes y con efectos incalculables. Sigamos hablando de Derechos Humanos. Aquí, allá y acullá. Hablemos de Derechos Humanos. Siempre.

*El autor es académico; especialista en asuntos europeos.

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