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Opinión

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No se consolidan ni la división de poderes ni la soberanía de estados

Hoy se cumplen 103 años de que el entonces encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, Venustiano Carranza, promulgara la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la del 5 de febrero de 1857, que fue aprobada días antes por el Congreso Constituyente reunido en Querétaro.

Dos meses atrás, el 1° de diciembre de 1916, Carranza presentó a ese Congreso su propuesta de una nueva constitución y la justificó diciendo, entre otras cosas, lo siguiente:

“...los derechos individuales que la Constitución de 1857 declara que son la base de las instituciones sociales han sido conculcados de una manera casi constante por los diversos gobiernos que se han sucedido. El recurso de amparo pronto se desnaturalizó hasta quedar convertido en arma política y en medio apropiado para acabar con la soberanía de los estados (...) quedaron sujetos de la revisión de la Suprema Corte hasta los actos más insignificantes de las autoridades de aquellos; ese alto tribunal estaba completamente a disposición del jefe del Poder Ejecutivo. El Poder público se ha ejercido, no por el mandato libremente conferido por la voluntad de la nación, sino por imposiciones de los que han tenido en sus manos la fuerza pública para investirse a sí mismos o investirse a personas designadas por ellos, con el carácter de representantes del pueblo.

“Tampoco ha tenido cumplimiento el otro principio fundamental claramente establecido por la Constitución de 1857, relativo a la división del ejercicio del Poder público. Todos los poderes han estado ejercidos por una sola persona (...) dándose sin el menor obstáculo al jefe del Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre toda clase de asuntos; ha sido hasta hoy, una promesa vana el precepto que consagra la federación de los estados que forman la República Mexicana, estableciendo que ellos deben de ser libres y soberanos (...) esa soberanía no ha sido más que nominal, porque ha sido el Poder central el que siempre ha impuesto su voluntad...”.

La Constitución de 1917 supuestamente remediaría los males que enumeró Carranza. Desafortunadamente, nada cambió después de que éste fuera asesinado en mayo de 1920 tras el golpe de Estado que encabezaron quienes serían sus tres sucesores consecutivos: Adolfo de la Huerta, Álvaro Obregón y Plutarco Elías Calles.

Así, desde el 1° de diciembre de 1920 hasta el 1° de diciembre del 2000, el sistema político siguió adoleciendo de los defectos que Carranza condenó el 1° de diciembre de 1916.

Las cosas cambiaron a partir del 1° de diciembre del 2000. Desde entonces, tanto la Suprema Corte como el Congreso Federal gozan de mayor autonomía, sin que se haya logrado plenamente la división de poderes consagrada en las constituciones de 1824, 1836, 1857 y 1917. Los gobernadores tienen mayor libertad, pero limitada, entre otras cosas, por el control que el gobierno federal ejerce sobre sus finanzas.

Hoy, cuando un sólo partido político controla el Congreso federal y la mayoría de los congresos locales, se ve difícil que la división de poderes y la soberanía de los estados se consoliden como debería haber ocurrido hace 196 años.

Facebook: Eduardo J Ruiz-Healy

Instagram: ruizhealy

Sitio: ruizhealytimes.com

Opinador, columnista, conferencista, media trainer, 35 años de experiencia en medios de comunicación, microempresario.

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