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Opinión

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¿Pasaría la compra de Iberdrola la prueba de la nueva Ley de Administración Pública?

Supongamos que se aprueban las reformas a la Ley de Administración Pública. ¿Servirán éstas, en el próximo sexenio, para cancelar el contrato de compra de las plantas de Iberdrola, en los términos en que fue anunciado?

Imaginen la situación. Estamos en el primer trimestre del 2025 y nos encontramos en la oficina de la Secretaría de Hacienda. Allí están la titular de la SHCP, el subsecretario del ramo, el próximo director de CFE, la próxima directora de Banobras y la Consejera Jurídica de la Presidencia. Es un nuevo Gobierno y está revisando con lupa lo que recibió, en particular los proyectos más costosos.

En la mesa están las carpetas que contienen un análisis detallado de la compra de las 13 plantas de Iberdrola, las operaciones de financiamiento que hizo Fonadin y el papel que ha jugado Mexico Infraestructure Partners. La Comisión Federal de Electricidad ha crecido en participación de mercado, pero las eficiencias que ha logrado no alcanzan. Eso significa que la operación pone presión a las finanzas públicas.

Las agencias calificadoras siguen con el mismo cuento: estamos evaluando si mantenemos el grado de inversión para las emisiones de deuda del Gobierno mexicano. La operación no contó como deuda pública en el 2023, cuando se anunció, pero esto es una verdad a medias. Sí es deuda pública, si se utilizan los criterios más estrictos de clasificación de deuda pública. En la práctica el Gobierno Federal responde por los compromisos que tenga el Fonadin o la CFE.

¿Fue una operación que causó daño al erario? ¿Se justifica una revocación por motivos de interés general, social, público? Las preguntas derivan del texto de la iniciativa que modificó la Ley de la Administración Pública Federal. La iniciativa se aprobó sin dificultades en el 2023. La bancada de Morena y sus aliados fueron demoledores en tribuna y en las votaciones. En redes sociales, fueron lapidarios: sólo los corruptos y los neoliberales puede estar en contra de una Ley que está hecha para salvar al Estado de compromisos onerosos que fueron pactados en contratos hechos en lo oscurito.

Estamos de regreso en Palacio Nacional. En uno de los salones de juntas de la Secretaría de Hacienda. En una de las paredes, están unos gráficos que muestran los datos duros. Se compraron 13 plantas, de las cuales 60% tenían mínimo 16 años en operación. No eran chatarra y funcionaban razonablemente bien, pero se pagó el equivalente a 11 años de EBITDA. No es una barbaridad, como fueron, por ejemplo, las compras de las plantas de Alonso Ancira por parte de Emilio Lozoya. De cualquier modo, el precio de las plantas de Iberdrola está un poco alto, considerando la edad de las plantas, el tipo de contratos que ya tenía con la Comisión Federal de Electricidad y los múltiplos que se pagan por instalaciones de industrias maduras. Un precio de entre nueve y diez veces EBITDA hubiera sido un poco menos generoso con Iberdrola.

¿La generosidad con el “enemigo” que se marcha equivale a un daño al erario”? Pagar 10% más significa un costo adicional de 600 millones de dólares. Con eso se podrían comprar medicinas, fertilizantes, becar a miles de jóvenes o incrementar la capacidad de trasmisión de la red eléctrica nacional.

La administración lopezobradorista que concluyó en 2024 podía haber hecho todas las operaciones financieras a través de los brazos del Estado, Banca de Desarrollo, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Comisión Federal de Electricidad. Optó por invitar a un fondo privado. Al hacerlo se privatizó una parte de la operación “nacionalizadora”.

La administración entrante revisa con microscopio. A los 6,000 millones de dólares anunciados hay que añadir los costos financieros de la adquisición. En el largo plazo serán cientos de millones de dólares ¿Cuánto se llevan los bancos? ¿Cuánto se le paga a Mexican Infraestructure Partners? ¿Cuánto se les pagará cada año? ¿Esos pagos pueden definirse como daño al erario? ¿Podrían reducirse los pagos? ¿Lo que hace MIP no podría hacerse desde el Gobierno? ¿Se justifica una revocación?

Que no panda el cúnico, diría el Chapulín Colorado. Esta columna es un ejercicio de especulación, un viaje hacia uno de los escenarios futuros posibles. Seguimos en 2023. La reforma a la Ley de la Administración Pública no se ha aprobado, pero la compra de las plantas de Iberdrola no tiene marcha atras.

Los abogados consultados para hacer esta columna discrepan sobre si la Ley aplicaría para la CFE y Pemex. Ésta se refiere a contrataciones y licitaciones hechas por Órganos del Estado y es debatible si la Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos pueden ser definidos como tales. Por último, la Ley no puede ser aplicada de forma retroactiva. Los artículos transitorios de la iniciativa lo dejan claro: los actos que ya se encuentren en proceso seguirán rigiéndose por las leyes vigentes en el momento de su celebración.

lmgonzalez@eleconomista.com.mx

Licenciado en Economía por la Universidad de Guadalajara. Estudió el Master de Periodismo en El País, en la Universidad Autónoma de Madrid en 1994, y una especialización en periodismo económico en la Universidad de Columbia en Nueva York. Ha sido reportero, editor de negocios y director editorial del diario PÚBLICO de Guadalajara, y ha trabajado en los periódicos Siglo 21 y Milenio. Se ha especializado en periodismo económico y en periodismo de investigación, y ha realizado estancias profesionales en Cinco Días de Madrid y San Antonio Express News, de San Antonio, Texas.

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