Lectura 6:00 min
Por fin tendremos Cédula de Identidad Digital
NOTA DEL EDITOR: Este artículo se publicó el 11 de diciembre de 2020.
Aunque tenemos derecho a la identidad desde nuestro nacimiento, nunca hemos tenido una cédula de identidad como sí ocurre en otros países para promover la inclusión y ejercer derechos civiles, políticos, económicos y sociales. En cambio, en México tenemos una multiplicidad de documentos, credenciales y claves que son requeridos en diversas situaciones para tener acceso a múltiples servicios y derechos, pero sin que acrediten fehacientemente nuestra identidad. Eso terminará con la Cédula de Identidad Digital.
La Cámara de Diputados aprobó una nueva Ley General de Población que abroga la de 1974. La nueva ley contempla actualizar el Registro Nacional de Población mediante el uso de medios digitales y tecnologías de la información para la obtención obligatoria de datos biométricos.
Dicho Registro contendrá, cuanto menos, nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población (CURP), fotografía, lugar de nacimiento, firma, huella dactilar, iris y voz de todos los mexicanos (incluidos los residentes en otros países), los menores de edad y los extranjeros residentes en el país.
También se aprobó la Ley General de Identidad y Ciudadanía Digital (iniciativa del diputado Javier Hidalgo de Morena) que crea las bases y procedimientos para expedir la Cédula de Identidad Digital como identificación oficial con pleno reconocimiento por parte de la administración pública y las entidades, y para ejercer la ciudadanía digital a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). Podrá mostrarse a través de dispositivos electrónicos.
El derecho a la identidad está consagrado en el artículo cuarto constitucional. La identidad es el conjunto de rasgos y atributos de la persona, que la caracterizan y la distinguen de los demás individuos, y que la constituyen como sujeto de derechos y obligaciones.
En enero de 2020 en este mismo espacio pregunté cuándo tendríamos una identidad digital, identificación contemplada desde 1992 en la Ley General de Población, pero nunca puesta en práctica. En esa ocasión la Secretaría de Gobernación (Segob) había solicitado al Instituto Nacional Electoral (INE) los datos biométricos de los ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral para actualizar el Registro Nacional de Población. La autoridad electoral se negó aduciendo que la Ley Federal de Protección de Datos Personales obliga al INE a resguardar los datos y la información personal de los electores.
Lo cierto es que existen mexicanos de primera y de segunda, porque habitantes de comunidades rurales, indígenas o marginadas carecen de un acta de nacimiento u otra identificación oficial que les permita ejercer su derecho a la identidad.
Según la Encuesta Intercensal 2015 del Inegi, 1.3 millones de mexicanos (0.8% de la población o una de cada 100 personas) no cuenta con registro de nacimiento. Del total de personas sin acta de nacimiento, 58.4% son niñas, niños o adolescentes, equivalentes a 527 mil 963 personas. La población indígena en entidades como Chiapas (23.2%), Oaxaca (14.1%), Puebla (12.3%), Chihuahua (4.9%) e incluso la Ciudad de México (3.6%) tiene elevados porcentajes de personas sin acta de nacimiento.
La credencial de elector con fotografía del INE es la identificación más aceptada y reconocida, pero no es una cédula de identidad que incluya a los menores de edad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó una tesis donde aclara que los infantes tienen derecho a la identidad, incluido un nombre, una nacionalidad y una filiación para salvaguardar sus derechos.
El recibo telefónico es el mejor comprobante de domicilio, pero no acredita nuestra identidad. Las otras credenciales y claves que tenemos tampoco tienen una validez oficial plena.
El Registro Nacional de Población es administrado por la Secretaría de Gobernación y la Cédula de Identidad Digital será emitida por la misma institución a través de su Servicio Nacional de Identificación Personal. Eso genera desconfianza por el uso político o el espionaje que pudiera hacer la Segob de la información y los datos biométricos de los habitantes.
Cuando se desconfía de la autoridad o del gobierno se puede generar confianza en la tecnología, en el sentido de que la información estará protegida y no podrá ser hackeada o vulnerada, para lo cual se requieren reglamentos y lineamientos robustos de ciberseguridad, mantenimiento e inversiones permanentes en actualización tecnológica.
La Segob será la responsable de la seguridad y confidencialidad de la información, de la base de datos centralizada y del uso de las tecnologías biométricas para acreditar la identidad de las personas. Lo idóneo sería que el Consejo Nacional de Población tuviera autonomía para administrar, actualizar y expedir la Cédula de Identidad Digital, pero el gobierno de la Cuarta Transformación es reacio a cualquier tipo de autonomía.
Los actos y trámites que se realicen mediante la ciudadanía y la Cédula de Identidad Digital tendrán plena validez jurídica ante todas las autoridades mexicanas para procedimientos migratorios, de salud o bancarios, excepto electorales, para lo cual se seguirá utilizando la credencial para votar del INE.
Y es que a petición del titular de la información (cada uno de nosotros), la Cédula de Identidad Digital podrá contener (además de la información del Registro Nacional de Población), la que contenga en su credencial de elector, cédula fiscal, pasaporte, cédula profesional, de seguridad social (IMSS, ISSSTE), cartilla militar y otras.
La Cédula de Identidad Digital es el primer paso para tener un documento electrónico único que contenga toda nuestra información identitaria que nos permita ejercer derechos de forma rápida y sencilla. Los menores de edad también tendrán la identificación digital (algo que no ocurre con el INE), incluso con información sobre vacunación y expediente escolar básico del infante. La Segob dará de baja la Cédula de Identidad Digital cuando se registre una defunción ante el Registro Civil.
¿Cuándo tendremos la Cédula Única de Identidad Digital? El gobierno federal deberá emitir el Reglamento de la Ley General de Población en un plazo no mayor a un año a partir de la entrada en vigor del decreto. Posterior a la publicación del reglamento, la Segob tendrá otro año para emitir un programa que contemple el plazo, procedimientos y requisitos para expedir la cédula digital. Es decir, hacia el quinto o sexto año del gobierno de López Obrador finalmente podríamos tener nuestra identidad digital.
*El autor es presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).
Twitter: @beltmondi