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Opinión

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Presos políticos y exiliados catalanes: sus derechos vulnerados

Hace casi tres años que líderes políticos y sociales, miembros del anterior gobierno catalán y de las dos asociaciones civiles más importantes del país, así como la ex presidenta del Parlamento de Cataluña, están encarcelados o han tenido que irse forzosamente al exilio a raíz de la celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña del 1 de octubre deL 2017.

En algunos casos, ya son más de 1,000 días en prisión acusados de los delitos de sedición y malversación de fondos, a pesar de que todo el mundo pudo ver el civismo total de nuestro movimiento democrático. De hecho, la única violencia que vivimos en las calles de Cataluña fue provocada por la policía española contra votantes indefensos.

Esta situación se está produciendo hoy en el corazón de Europa en pleno siglo XXI. Derechos fundamentales como la libertad de expresión o el derecho a voto pueden conllevar penas de prisión en España, con unos poderes del Estado que no actúan por criterios técnicos sino políticos.

Lo hemos visto últimamente con la actuación vergonzosa del gobierno de Pedro Sánchez facilitando la fuga de España del rey emérito Juan Carlos I, a pesar de las claras sospechas de corrupción que pesan sobre él y que han sido destapadas por la prensa internacional. La posición del gobierno a favor de una persona con claras sospechas de corrupción coincidió temporalmente con la suspensión del tercer grado penitenciario a los presos políticos, una decisión técnica que tomó la administración penitenciaria y que ha sido revocada a instancias de la fiscalía. Corruptos, monarcas mafiosos, violadores o asesinos tienen más derechos que los presos políticos catalanes.

El Estado, incluso, decidió vulnerar los derechos políticos de presos y exiliados, impidiendo, por ejemplo, que pudieran ocupar democráticamente sus escaños como eurodiputados en el Parlamento Europeo gracias al voto de más de dos millones de personas.

España lo impidió a pesar de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que era absolutamente clara: Junqueras era eurodiputado desde la proclamación de los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo y desde ese día gozaba de inmunidad parlamentaria.

Los poderes del Estado también han vetado los derechos políticos de Raül Romeva, el candidato catalán más votado en el Senado español con casi un millón de votos, o de Jordi Sánchez en el Congreso español.

La situación que se vive en Cataluña ha sido denunciada por múltiples organismos internacionales por vulnerar los derechos humanos más fundamentales.

El Grupo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas ha pedido, en dos ocasiones, la libertad de los presos políticos catalanes, el inicio de una investigación independiente sobre su encarcelamiento y una indemnización económica por los dos años en prisión preventiva.

Este grupo de Naciones Unidas, formado por personalidades independientes, concluyó que están en prisión por haber ejercido los derechos fundamentales de opinión, expresión y manifestación, y constata que no hubo “elementos de violencia”.

Esta demanda de libertad ha sido realizada también por entidades internacionales de defensa de los derechos humanos como Amnistía Internacional o la Liga de los Derechos del Hombre, además de personalidades como el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, entre otros.

Incluso, la alta comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, Michelle Bachelet, reclamó que los presos políticos pudieran pasar el confinamiento en casa, una decisión que ha sido ignorada por el Estado, al igual que las otras recomendaciones hechas por Naciones Unidas.

*Oriol Junqueras fue vicepresidente del gobierno (2016-2017), se encuentra en la cárcel.

*Bernat Solé es el Canciller de Acción Exterior de la Generalitat de Catalunya.

Respuesta del embajador de España a Oriol Junqueras y Bernat Solé

El pasado 11 de septiembre se publicó en El Economista el artículo “Presos políticos y exiliados catalanes: sus derechos vulnerados", firmado por Oriol Junqueras y Bernat Solé, donde se vertían algunas afirmaciones a las que creo es necesario responder.

En primer lugar se insiste, desde el propio título, en la existencia de “presos políticos” en España, donde, se añade, "la libertad de expresión o el derecho a voto pueden conllevar penas de prisión".

Ninguno de los líderes independentistas catalanes fue condenado por sus ideas, sino por su conducta contraria a la ley. Durante un juicio sometido a plenas garantías procesales y de transparencia (la vista fue televisada en su integridad), el tribunal determinó que se habían cometido delitos.

La vulneración de las leyes para la consecución de fines políticos no forma parte de la libertad de expresión. Los condenados, establece la sentencia del Tribunal Supremo, promovieron la promulgación de normas que conculcaban la vigencia de la Constitución española en Cataluña, privando a sus ciudadanos de los derechos garantizados por aquélla. Desobedecieron, además, reiteradamente los mandatos del Tribunal Constitucional, en particular el que establecía la ilegalidad de la celebración de un referéndum, acción que conculcaba la soberanía nacional (atribuible al pueblo español en su conjunto) y comprometía la integridad territorial de la nación.  La secesión no está permitida en la Constitución española; tampoco en la mexicana (“La Nación mexicana es una e indivisible”). Se valieron para ello de la malversación del dinero público.

Defender las ideas independentistas no es delito en España y nadie es perseguido por ello. De hecho, los partidos que abogan por la independencia de Cataluña tienen representación parlamentaria en las Cortes Generales y en el Parlament catalán, e incluso gobiernan la Comunidad Autónoma.  

Por lo que respecta al voto, se ha de notar que la sociedad catalana ha acudido a las urnas en repetidas ocasiones durante los últimos años, y es gracias a este sufragio que, cabe insistir, una coalición independentista gobierna hoy Cataluña. No es el voto lo que ha merecido la condena del tribunal, sino la vulneración reiterada de las leyes vigentes prevaliéndose de la posición que otorga el desempeño un cargo público.

En otro orden de cosas, los autores del artículo sostienen que "España" impidió que uno de ellos, el Sr. Junqueras, ocupase un escaño en el Parlamento Europeo "a pesar de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que era absolutamente clara".  En realidad nos encontramos ante el funcionamiento regular del poder judicial: el Tribunal Supremo español era, en cuanto parte del sistema de justicia europeo, el encargado de ejecutar la sentencia del TJUE.  Al hacerlo estimó que, dado que de manera previa a esta última el Sr. Junqueras había sido condenado de manera firme a la inhabilitación para cargos públicos, concurría una "cláusula sobrevenida de inelegibilidad ", que durante su vigencia impedía el desempeño de la labor parlamentaria, lo que fue comunicado al Parlamento Europeo, que en consecuencia decidió dejar vacante el escaño.

Esta decisión del Parlamento Europeo ha sido recurrida por el Sr. Junqueras ante la justicia europea, que por el momento ha rechazado las medidas cautelares por él solicitadas para poder ocupar de manera inmediata el referido escaño.

Es llamativa la insistencia de los articulistas en resaltar los "millones de votos" obtenidos por varios de los encausados, con lo que parece darse a entender que el sufragio popular puede hacer que desaparezcan los delitos. Se trata de una asunción contraria a los principios más elementales del Estado de derecho.

Refieren, además, los autores algunas declaraciones de organismos y personalidades internacionales, cuyo análisis y matización resultarían prolijos.  Baste notar, por una parte y a título de ejemplo, que la por aquéllos citada Amnistía Internacional concluyó, así mismo, no haber "encontrado elementos para afirmar que el proceso judicial seguido en contra de los doce líderes catalanes haya vulnerado las garantías de un juicio justo" (declaración pública del 19 de noviembre de 2019) ;  por otra, que los autores olvidan algunas resoluciones que les han sido desfavorables, como la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que desestimó el recurso contra la decisión del Tribunal Constitucional español que anulaba la declaración de independencia de octubre de 2017.

Como declaró en su día el Presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, la actuación durante 2017 de los condenados ignoró los derechos de la mayoría no independentista de Cataluña y originó, con ello, una fractura de la convivencia en la sociedad catalana, por sí misma plural.  No obstante, como ha subrayado el propio Presidente, una vez dictada la sentencia se abrió una nueva etapa. Es el momento de reforzar el diálogo, siempre dentro de la ley, de manera que la concordia sea uno de los pilares principales de la convivencia en Cataluña. 

Juan López-Dóriga

Embajador de España en México

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