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Opinión

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SCJN: anula ley eléctrica lopezobradorista

La Corte echó abajo la Ley Eléctrica lopezobradorista.

Eso significa básicamente que sigue vigente la Ley Eléctrica promulgada durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, con la que se rediseñó el mercado eléctrico.

La ley eléctrica peñista amplió la participación de la iniciativa privada en la generación eléctrica, dispone que el Estado mantiene la rectoría en el control del sistema eléctrico nacional y CFE tiene el monopolio de la distribución y transmisión eléctrica.

La Ley Eléctrica lopezobradorista o contrarreforma nunca se aplicó formalmente.

Se mantuvo suspendida por los jueces, porque se interpusieron un par de centenas de amparos, por los afectados.

Sin embargo, sí se aplicaron medidas administrativas que suspendieron las subastas eléctricas y por tanto la competencia y se le dió prioridad a la CFE. De hecho, por estas medidas, Estados Unidos y Canadá han expresado su inconformidad.

La Corte resolvió anularla, ayer 31 de enero de 2024. La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación votó a favor del proyecto que confirma un amparo con efectos generales (es decir, beneficiará a los que se ampararon y a los que no, pero que resultan afectados) contra la implementación de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la contra reforma eléctrica del gobierno lopezobradorista que intentaba darle prioridad a la CFE sobre las empresas privadas, es contraria a la competencia, a la libre concurrencia y a la preservación del medio ambiente, previstos en la Constitución.

En la Corte se impuso el criterio de que constitucionalmente es admisible perseguir el fortalecimiento de las empresas públicas, pero debe ser diseñado para no entorpecer la libre concurrencia y competencia en las áreas en las que, por el propio diseño constitucional, CFE debe ser un participante más.

En consecuencia, sigue vigente la Ley Eléctrica promulgada en el 2013, con la que inició la apertura del mercado eléctrico basado en la competencia y por tanto, beneficia a los consumidores.

El gobierno y la CFE tendrán que acatarla. Lo cual significa que CFE tendrá que competir con los generadores privados de energía y ganará el que ofrezca el menor precio.

Vale la pena recordar que en el 2017 mediante procesos de subasta, se registró en México el precio más bajo.

En la tercera Subasta Eléctrica mexicana se obtuvo uno de los precios más bajos internacionalmente. Se registró uno de los precios más económicos, 20.57 dólares por megawatt hora.

Fue a través de la competencia, precisamente.

De acuerdo con el experto en energía, Carlos Flores, a partir de ésta resolución de la Corte, el marco jurídico vigente es el de la Reforma Energética de 2013.

La Comisión Reguladora de Energía, la Secretaría de Energía y Cenace, ya no tendrán pretextos para intentar frenar el desarrollo de proyectos de energía renovable.

Para otro experto en energía, Víctor Ramírez, la Ley de la Industria Eléctrica se queda como se promulgó en 2014. Y eso implica que  se tendrían que volver a realizar subastas obligatorias para CFE o cualquier suministrador básico y se tendría que recibir primero la energía que tiene el menor costo de generación. Eso opinan los expertos.

Habrá que ver cómo reacciona el gobierno ante el tremendo golpe que recibe por parte de la Corte.

Veremos si echa para atrás las medidas administrativas que ya viene aplicando y que van en el sentido de la reforma eléctrica que ya anuló la Corte.

O si la vigencia de la Reforma Eléctrica del 2013, tendrá que aplicarla el nuevo gobierno. Al tiempo.

marcomaresg@gmail.com

Periodista desde 1975, ha trabajado ininterrumpidamente en periódicos, revistas, radio, televisión e internet. En los últimos 31 años se ha especializado en negocios, finanzas y economía. Es uno de los tres conductores del programa Fórmula Financiera, que se transmite por Grupo Fórmula.

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