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Opinión

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Servicio de garantía para ampliar el crédito al campo (II)

En la primera parte se describió la garantía de FIRA como instrumento para facilitar el acceso al financiamiento a las empresas y productores. El servicio de garantía cubre en forma proporcional los incumplimientos del acreditado entre FIRA y los intermediarios financieros

Estos últimos se encuentran obligados a agotar las gestiones de recuperación, sin que se exima a los acreditados de cumplir sus obligaciones. En caso de que el acreditado genere quebrantos, se registrará en las sociedades de información crediticia.

En esta parte, se explican los diferentes esquemas que FIRA ofrece:

Garantía Tradicional. A los bancos se les otorga una garantía individual o por acreditado, donde el porcentaje de cobertura que se respalda es de hasta 90% del saldo del crédito. A los intermediarios financieros no bancarios, se les otorga una garantía que cubre la cartera del intermediario que esté integrada por créditos elegibles de recibir el servicio y respalda hasta 50% del saldo del crédito. Una vez realizado el pago de la garantía al intermediario, FIRA realiza una supervisión para confirmar si cumple con la normativa. El intermediario mantiene la obligación de continuar las acciones de cobranza e informar a FIRA los montos que recupera en la proporción pactada.

Garantía Pago en Firme. La supervisión que se realiza de las operaciones garantizadas es más eficiente y se facilita el proceso de recuperación que realizan los intermediarios financieros. Se efectúa cada dos años. Se otorga a los intermediarios con menores niveles de riesgo y que contribuyan mayormente a cumplir la estrategia de FIRA. A diferencia del servicio tradicional, los intermediarios certifican la elegibilidad de los créditos desde el registro de las operaciones. Una vez que el intermediario confirme la elegibilidad y cumplimiento normativo de los créditos, puede hacer efectiva la garantía en caso de incumplimiento.

Garantía a Segundas Pérdidas. Está dirigida a los intermediarios financieros que operan microcrédito de manera directa con FIRA. La garantía cubre las segundas pérdidas de un portafolio de créditos, donde las primeras pérdidas son asumidas por el propio intermediario hasta un límite inicial de pago, después del cual FIRA cubre las siguientes pérdidas acotadas a un límite máximo de pago. Las pérdidas que exceden el límite máximo son asumidas nuevamente por el intermediario. Tiene la ventaja de que la supervisión de FIRA a los pagos realizados se efectúa a nivel de los portafolios que presentan incumplimientos.

Garantía en el Programa de Financiamiento a la Agricultura Familiar. Se dirige a productores con unidades de baja escala, cuyos ingresos se sustentan en las actividades agropecuarias y rurales, utilizan predominantemente mano de obra familiar y demandan créditos de hasta 33,000 Udis, cuya producción está orientada al mercado. Se otorga respaldo a 100% de las primeras pérdidas mediante un fondo de garantía conformado por recursos del intermediario y/o de terceros (fundaciones, gobiernos, etcétera) equivalente a 7.5% del saldo inicial del portafolio de créditos garantizados. Para los siguientes incumplimientos, FIRA otorga una garantía de 40% sobre los saldos de los créditos incumplidos, hasta un máximo de 15% del portafolio total.

En conclusión, existen diferentes esquemas del servicio de garantía que se adaptan a las necesidades de las empresas y productores para favorecer el otorgamiento del crédito.

*Alejandro Sánchez de Gante es subdirector de Crédito y Martha Patricia Casillas Trejo es especialista de la Subdirección de Análisis de Intermediarios Financieros, en FIRA. La opinión es responsabilidad de los autores y no necesariamente coincide con el punto de vista oficial de FIRA.

asdegante@fira.gob.mx,

mpcasillas@fira.gob.mx

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