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Una aclaración sobre la reforma de industrias estratégicas
Desde antes de tener super-mayorías legislativas, la coalición gobernante dejó claro que es ingenuo esperar que haya cambios significativos sobre sus iniciativas de reforma. Debate y parlamento abierto, a veces. Pero ya en lo que importa, el contenido, no cambiar “ni una sola coma” es tradición.
Es justo lo que, de golpe, parece que pasó con la reforma constitucional de industrias estratégicas. No me refiero a que la super-mayoría ignoró a los expertos que han señalado riesgos para la economía, el funcionamiento del sistema eléctrico y la certidumbre jurídica. Eso es tan obvio que ya no hay mucho análisis que agregar en esa dirección.
Hay algo mucho más revelador: que la nueva super-mayoría haya rechazado un párrafo agregado por su propio equipo político en el Congreso apenas en agosto (a la reforma introducida por el presidente López Obrador en febrero). Más porque la comisión de puntos constitucionales, que en aquel entonces presidía el diputado de Morena, Juan Ramiro Robledo Ruiz, parece que nada más quería ayudar. Al estipular que la Constitución debía consagrar que “el Estado queda a cargo de la transición energética…”, sólo estaba siguiendo la reforma constitucional que el mismo gobierno planteó en 2021.
Pero, de acuerdo con el nuevo análisis de la coalición gobernante, constitucionalizar lo que se planteaba sobre la transición energética en el 21 en realidad no conviene. “Para no condenar al Estado a ser el único que tenga a su cargo la transición energética”, explicó hace unos días el coordinador del grupo parlamentario de Morena Ricardo Monreal. La exclusividad sobre la responsabilidad de la transición, además, “no sería posible porque no tiene la capacidad económica”.
La presidenta Sheinbaum está de acuerdo con Monreal, aunque articulando razones distintas. Más que reconocer los límites de capacidad económica del Estado, ella se puso del lado de los hogares. “En ese párrafo no quedaba claro exactamente a qué se referían”, explicó. “Si hubiera quedado tal cual el párrafo, no hubiera sido consistente con lo que estamos planteando; es decir, si hubiera quedado así, podía ser que si uno pone un panel fotovoltaico en su casa estuviera prohibido”.
Para los hogares con páneles, el asunto no ha quedado resuelto por completo. De acuerdo con la presidenta “lo que decidimos es que esa parte quede en la ley secundaria”. Al insistir en que “esa es la razón por la cual se quitó ese párrafo de la transición y va a quedar en las layes secundarias”, se puede entender que la prohibición implícita que se juzgó inadecuada para la Constitución (o la carga para el Estado, de acuerdo con Monreal) quizás de todos modos se incluya en la ley. Para un hogar que quiera instalar páneles, sería una distinción que no marca ninguna diferencia. Esto es doblemente cierto ahora, con controles judiciales sobre la Constitucionalidad debilitados.
Pero también habría espacio para entender, o más bien interpretar, que la coalición gobernante sí está dispuesta a revisar y replantear sus objetivos. Quizás no los pilares, como el 54-46 de participación público-privada. Pero sí las ideas que, aún si las planteó el gobierno pasado o Morena, fueron más allá. Los consumidores tienen derecho a generar su propia energía independientemente, podríamos leer creativamente a partir de las declaraciones de la presidenta. Ya en un plano más amplio y optimista, los generadores eléctricos tienen derecho a que se respeten plenamente sus derechos adquiridos, han dicho funcionarios y enlaces de la presidenta. Eso, me gustaría creer, incluye no destruir por completo la forma de despacho que hace que esos contratos tengan algún tipo de sentido. Porque tampoco conviene.