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Opinión

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¿Le daría usted información de sus costos a un competidor?

Rodrigo Alcázar Silva, Comisionado de Cofece

Rodrigo Alcázar Silva, Comisionado de Cofece

Imagínese que un día le llega a usted un aviso mediante el cual una autoridad pública le requiere datos de su empresa. Si no entrega usted la información puede ser acreedor a una sanción monetaria importante, así que decide cooperar con la autoridad. 

Esa autoridad tiene un deber de cuidar su información y no revelarla en medios públicos, puesto que si la conocen otras personas puede afectarle a usted. ¿De qué manera?

Si usted tiene que entregar información de costos de su empresa y la conoce uno de sus competidores, podrían usarla para poner precios que usted no pueda seguir, o para conocer sus márgenes de ganancia, lo que le podría dar la posibilidad de anticipar sus movimientos estratégicos, por ejemplo, en qué producto o servicio se va a enfocar.

Si la información que se revela es sobre algún tipo de tecnología o proceso productivo, los competidores tratarán de igualarla o de mejorar esa tecnología o proceso.

Si la información que se revela es de datos personales, otras empresas podrían tener su nombre, dirección, fecha de nacimiento. Incluso datos de sus familiares.

Si la información que se revela es de secretos comerciales o industriales, los competidores podrían usarla para copiar estos secretos, en los que una empresa pudo haber invertido mucho dinero y esfuerzo para crearlos. Ejemplos de secretos comerciales son: fórmulas del sabor de alimentos o bebidas, algoritmos para búsqueda en web, el código fuente de sistemas operativos, entre otros.

En muchas ocasiones son las mismas personas que entregan la información, las que solicitan que esta sea clasificada como confidencial. Si esta solicitud se justifica conforme a lo que dice la ley, las autoridades deben clasificarla de esa forma.

Por ello, en Cofece tenemos muchísimo cuidado en no revelar este tipo de información durante todo el periodo que dura una investigación, su posterior procedimiento seguido en forma de juicio (en caso de que lo haya), y hasta llegar a la resolución.

En las resoluciones tapamos toda esta información. Generalmente, se hacen varias versiones de la misma resolución para notificarlas a las diferentes partes. La resolución del denunciado tiene tapada solo la información que este no puede conocer (generalmente la de sus competidores). La resolución del denunciante tendrá también tapada información, aunque posiblemente sea otra, pues cada empresa está impedida a conocer información distinta.

De hecho, somos muy estrictos en que la información que no deba estar tapada no lo esté, para que las resoluciones sean lo más transparentes posible, puedan leerse y así los agentes económicos puedan usar su legítimo derecho de defensa, pero sin perjudicar a quien entrega la información. Si lo hacemos de otra forma, además de que violaríamos la ley, también podríamos afectar alguna empresa en particular, por lo que se acabarían los incentivos a colaborar en las investigaciones entregando la información que les solicitamos.

Es común que los denunciados argumenten que no pueden leer completa la resolución. Incluso en algunos casos han presentado hojas completas tapadas como prueba de que es difícil defenderse. Sin embargo, cuando está una hoja tapada completamente es generalmente porque lo que se tapó no es texto, sino una tabla con información estadística, por ejemplo, de costos.

En todo caso, las empresas que son investigadas por Cofece, siempre pueden hacer valer sus derechos en los juicios de amparo que se pueden interponer contra las resoluciones.

@RodrigoAlczarS1

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