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En manos de la inteligencia policial
Son muchas las advertencias que se han formulado sobre los riesgos que implica la creación de la plataforma nacional de datos personales (Plataforma México), a la que se refieren las iniciativas de decretos de Claudia Sheinbaum, para expedir la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La primera reacción de muchos analistas ha sido la de referir de inmediato al antecedente del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), que en 2022 se declaró inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tras analizar los riesgos que éste representaba para la privacidad y seguridad de los usuarios de los servicios móviles.
En efecto, la Plataforma México replica en muchos aspectos el impacto que el PANAUT representaba para el derecho a la privacidad de los mexicanos. No obstante, la creación de la nueva base de datos es aún más preocupante pues, tal como se planteó en la iniciativa de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, su objetivo no es únicamente facilitar o mejorar la investigación de delitos, sino que se busca obtener la información para “anticipar la actividad criminal y aportar elementos de prueba en las investigaciones correspondientes”.
De acuerdo con la exposición de motivos, se pretende “fortalecer el modelo de policía guiada por la inteligencia”, y esto “implica identificar patrones de riesgo asociados con grupos, individuos y lugares para predecir donde [sic] y cuando [sic] pueden tener lugar los delitos… con lo que se pretende lograr una actuación policial anticipada y de carácter fundamentalmente proactivo en vez de reactivo”. El objetivo último es “minar la capacidad de delinquir de los criminales, dejarlos sin posibilidades ni recursos para perpetuar las conductas delictivas”. Puedo estar exagerando, pero me parece que estos objetivos son frontalmente contrarios al derecho humano a la presunción de inocencia. La iniciativa señala, sin pudor alguno, que con la Plataforma México se recabarán los datos personales de todos los ciudadanos, con o sin su consentimiento, para que nuestros policías, guiados por su inteligencia y de manera proactiva, anticipen si algunos de nosotros podríamos cometer un delito y nos dejen sin posibilidades ni recursos antes de que lo hagamos. No veo qué podría salir mal.
El PANAUT era un riesgo serio para la privacidad de los particulares, pero la Plataforma México no solamente atenta contra el derecho a la privacidad y la protección de los datos personales, sino que además forma parte de un nuevo sistema de seguridad que pone en riesgo el derecho humano a la presunción de inocencia. Ninguna de las dos bases de datos es constitucional.
El Estado mexicano adoptó el llamado test de proporcionalidad, como herramienta metodológica de interpretación para resolver conflictos entre derechos o principios. Este test, de origen alemán, se diseñó para valorar jurídicamente las medidas administrativas o legislativas impuestas por las autoridades -como la Plataforma México-, cuando éstas impliquen una merma sobre los derechos fundamentales de los particulares.
Para aplicar el test, se deben formular cuatro preguntas (o gradas), con respecto a la medida impuesta. Se debe cuestionar (1) si la medida tiene un fin constitucionalmente válido; (2) si es idónea para alcanzar dicho fin; (3) si es necesaria para lograr su objetivo; y (4) si la medida es proporcional en sentido estricto. Las preguntas se deben plantear siguiendo este orden. Únicamente cuando la respuesta a una pregunta sea afirmativa, se podrá proceder a formular la siguiente pregunta. Si la medida no supera las 4 gradas, se considera que es inconstitucional. La Plataforma México no supera este test de proporcionalidad, como será demostrado en la próxima colaboración.