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Política

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Constitución de la CDMX, sus efectos no deben retrasarse

La Corte ha resuelto ya las impugnaciones sólo referentes al tema electoral y sobre su proceso de creación.

Hoy se cumple un año de promulgada la Constitución Política de la Ciudad de México, documento que ha sido calificado por especialistas y políticos como un texto de vanguardia. Sin embargo, advierten que sólo ha entrado en vigor parcialmente y aún falta por resolverse varios recursos de impugnación interpuestos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El constitucionalista César Astudillo advirtió que el despliegue de los beneficios, las potencialidades de los puntos positivos, así como el develar las fallas de la Constitución capitalina será un proceso largo. “Es un proceso histórico donde se van realizando ajustes paulatinamente y es algo que la sociedad irá viendo”.

No obstante, para Astudillo, autor del libro Constitucionalismo. Dos siglos de su nacimiento en América Latina, el proceso de resultados no debe ser muy tardado, porque la promulgación del texto constitucional capitalino genera una expectativa social.

De tal suerte, alertó el profesor y miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, si comienzan a retardarse los cambios y mejoras a esta expectativa, puede venir también un sentido de desilusión.

Astudillo observó que la mayor parte de los temas regulados en la Constitución local entrarán en vigor en septiembre y sólo está vigente lo relativo a las normas electorales.

Ello, explicó Astudillo, a propósito de las elecciones del 1 de julio, en las que habrá de elegirse al jefe de Gobierno, la Asamblea Legislativa y, por primera vez, a las Alcaldías.

En paralelo, el especialista recordó que el texto constitucional es aún objeto de estudio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego que diversos actores impugnaron varias disposiciones de su contenido. Lo resuelto hasta ahora por los ministros tiene que ver con temas electorales.

En términos jurídicos, para el investigador, el documento es de “avanzada, liberal, progresista y tutela un número de derechos y libertades muy amplio”.

“Es en ese sentido la Constitución de una entidad federativa, es la que tiene el mayor despliegue de derechos”.

No obstante, dijo Astudillo, por ahora vemos únicamente lo que está proyectado en el papel, de tal forma que si el despliegue se hace bien, “estaremos hablando de una Constitución que va a traer bastantes beneficios en el futuro cercano hacia todos los que habitamos en esta ciudad”.

Consultado por separado, el analista Eduardo Huchim, quien fue consejero del entonces Instituto Electoral del Distrito Federal, opinó que “sin duda la Constitución de la Ciudad de México tiene avances vanguardistas que, quizá, algunos de ellos no pasen por la aprobación de la Corte pero cuya intención” es el camino hacia donde debe dirigirse la legislación.

En la elaboración de la Carta Magna local y la reforma política faltó, en opinión de Huchim, una labor de difusión eficaz. No supieron, ni el gobierno de la ciudad ni los constituyentes, comunicar lo que estaban haciendo (...) y hacer que la sociedad capitalina pudiera identificarse y hacer suya esa reforma política de la que deriva la Constitución”.

Huchim afirmó que al estar en revisión el contenido del texto por parte de la Corte, “tendrá que dar certeza jurídica” una vez resuelto lo que es constitucional y lo que debe suprimirse.

Sobre el documento, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Ernesto Cordero Arroyo, recordó recientemente que la Cámara Alta fue origen de la reforma constitucional que permitió este cambio.  Señaló que el texto incluye un esquema de planeación, uso responsable y transparente de las finanzas públicas.

“Logramos un instrumento perfectible, pero sólido, demasiado detallado, pero completo, capaz de afrontar los retos de nuestra ciudad en los próximos años”, expresó el legislador que formó parte de la Asamblea Constituyente.

No obstante, acotó, existen pendientes para complementar la reforma política de la ciudad, como establecer las bases para la coordinación entre poderes federales y locales, así como la coordinación metropolitana.

EL OTRO ANIVERSARIO

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos también cumple años este 5 de febrero. En esta ocasión serán 101 años desde que el presidente Venustiano Carranza encabezó una sesión solemne en Querétaro para presentar la Carta Magna que nos rige.

A través del texto “A los 101 años de la Constitución: reformar sin crucifixión”, el investigador de Flacso Nicolás Loza recordó que durante esta centuria, la Constitución experimentó 706 cambios, 427 de los cuales, es decir, casi dos terceras partes del total, se realizaron después de 1976.

El especialista en democracia destacó que de los últimos siete sexenios, en cinco se ha reformado el Artículo 41 constitucional, y tras elecciones competidas e impugnadas, como lo fueron las de 1988, el 2006 y el 2012, se ha tramitado al menos una reforma electoral con la que no sólo se ajustan las reglas del juego, sino también las de integración de la autoridad en la materia y a sus integrantes. Junto a las reformas legales se instituyó una regla informal.

“La modificación de las reglas constitucionales en cuestión electoral de los últimos años, en particular cuando presenciamos elecciones competidas e impugnadas, introduce en la dinámica de la confrontación electoral, no sólo rivalidades partidistas, en política pública y liderazgo, sino también en torno a las normas y a la autoridad electoral”.

El politólogo de Flacso concluyó que “cambios legales, incluso constitucionales, serán inevitables (...) Sin embargo, lo que debiera debatirse antes de emprender una reingeniería (...) es la manera de volverla en contra del ciclo de incertidumbre en reglas y autoridades”.

ALGUNAS DE SUS CARACTERÍSTICAS

  • Reivindica la autonomía de la ciudad.
  • Crea el Cabildo de la Ciudad de México, integrado por el gobierno local y las alcaldías.
  • Establece un Sistema Local Anticorrupción.
  • Crea un Consejo Judicial Ciudadano.
  • Elimina el fuero y privilegios de los servidores públicos.
  • Independiza al Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia.
  • Permite el uso médico y terapéutico de la mariguana.
  • Modifica el concepto de seguridad pública por seguridad ciudadana.
  • Instaura un sistema local de educación.
  • Reconoce autonomía para el gobierno de los pueblos indígenas y el derecho a la consulta.
  • Constitucionaliza el fondo de capitalidad que deberá recibir de la Federación.
  • Garantiza protección y seguridad para el libre ejercicio del periodismo.
  • Establece el derecho a la protesta social y prohíbe su criminalización.

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