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Política

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Credenciales vencidas saldrán de Padrón Electoral

El Consejo General del INE instruyó al Registro Federal de Electores excluir los registros los ciudadanos cuya credencial para votar haya perdido vigencia.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) instruyó al Registro Federal de Electores a que excluya del Padrón Electoral los registros de las y los ciudadanos cuya credencial para votar haya perdido su vigencia.

De acuerdo con el documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los registros de los ciudadanos cuya credencial era "03" fueron excluidos del padrón el 15 de julio pasado.

Los que tienen como último recuadro para el marcaje del año de la elección federal "09" o "12" serán excluidos el 15 de julio de 2015; mientras que las que tienen los números 12, 15, 06, 09, denominadas "15", concluirán su vigencia el 31 de diciembre del mismo año y serán sacados del padrón y de la Lista Nominal de Electores el 1 de enero de 2016.

Las credenciales que tengan como recuadros los números 12, 15, 18, 09, denominadas "18", concluyen su vigencia el 31 de diciembre de 2018 y salen del padrón y de la lista el 1 de enero de 2019.

El acuerdo establece que los registros de ciudadanos cuya credencial para votar contenga de manera expresa su vigencia en el cuerpo de la mica, serán excluidos del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores el primer día del año siguiente en que expire su vigencia.

La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores deberá elaborar las listas de los registros que se hayan dado de baja del Padrón Electoral por la pérdida de vigencia de las credenciales para votar "03", "09" o "12", para que las exhiban en las Juntas Distritales; y deberá notificar la pérdida a los ciudadano de las denominadas "15" y "18".

Esta dependencia, en coadyuvancia con la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, realizará las gestiones necesarias para llevar a cabo una campaña de difusión e información a los ciudadanos con credenciales "15" y "18".

El documento establece que en tanto se instrumenta la credencialización en el extranjero, el Registro Federal de Electores inscribirá en la Sección de Ciudadanos Residentes en el Extranjero del Padrón Electoral los registros de los mexicanos residentes en el exterior que soliciten su inscripción al listado nominal de electores residentes en el extranjero, con las credenciales para votar "03", "09" y "12".

mrc

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