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Política

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Cumplen 15 años en prisión preventiva

El Colectivo Pena sin Culpa exigió la liberación de Daniel García Rodríguez y Felipe Reyes Alpízar Ortiz, recluidos desde el 2002 bajo el esquema de prisión preventiva, tras ser señalados por diversos delitos entre ellos el asesinato de María de los Ángeles Tamez.

El Colectivo Pena sin Culpa exigió la liberación de Daniel García Rodríguez y Felipe Reyes Alpízar Ortiz, recluidos desde el 2002 bajo el esquema de prisión preventiva, tras ser señalados por diversos delitos entre ellos el asesinato de María de los Ángeles Tamez, presidenta municipal de Atizapán, Estado de México.

Después de tres lustros, el caso ha llegado a las Naciones Unidas, además de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU emitió la opinión número 66/2017, que contiene una petición para que se resuelva la situación de ambos presos, recomendando se libere a los imputados y la reparación total del daño.

En el documento se pide al gobierno mexicano que explique en un periodo no mayor a seis meses, a partir del 25 de agosto pasado, el seguimiento a las recomendaciones emitidas.

Daniel García “está ahora en el penal de Barrientos, en Tlalnepantla y lo encarcelaron por diversos delitos, entre ellos el homicidio de la regidora María de los Ángeles Tamez Pérez del municipio de Atizapán; todos los delitos juntos alcanzaban una pena aproximada de 58 años”, indicó su hija y abogada, Aribel García,  quien agregó que después de la detención de García se le torturó junto a Reyes Alpízar (preso en el penal Neza-Bordo) para confesar los ilícitos, que de acuerdo a la autoridad, cometieron.

Por su parte, el abogado Simón Hernández, quien lleva también el caso, explicó que “prácticamente todas las características del debido proceso han sido violentadas”.

Hernández dio cuenta además de diferentes irregularidades aledañas que se han dado en el caso, como la captura de los hoy imputados mediante la figura del arraigo local, esta medida, dijo, ha sido catalogada como anticonstitucional por la Suprema Corte.

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