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Derechos de víctimas, acotados en ley de fiscalía
Aunque la FGR podrá atraer casos del fuero común, en la nueva norma se quita la facultad de las víctimas de impugnar en caso de que se niegue a hacerlo.
El Senado de la República se allanó a los cambios aprobados por la Cámara de Diputados a la minuta que expide la Ley de la Fiscalía General de la República, abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, aprobada hace tres años apenas, y reforma 65 leyes más para su armonización.
Aprobada por unanimidad en comisiones, el decreto será discutido y votado hoy por el pleno cameral durante la última sesión ordinaria del periodo ordinario.
Durante la reunión de comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, Miguel Ángel Mancera (PRD) explicó que entre los cambios realizados por la colegisladora destacan varias de las temáticas que los senadores ya habían discutido por lo que fue bueno que finalmente se incorporaran a la nueva ley.
Fue el caso, detalló, de los cambios aprobados por la Cámara baja por los que se establece, en el artículo 5, que la Fiscalía General de la República podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución, tratados internacionales y las leyes aplicables, así como que la víctima podrá solicitar a la Fiscalía General que ejerza su facultad de atracción.
Sin embargo, dijo, se omitió incluir la facultad de impugnación de la víctima, en caso de negativa de atracción, que sí está prevista en la Ley Orgánica que habrá de ser abrogada al expedirse la nueva ley.
El perredista solicitó a Julio Menchaca, presidente de la Comisión de Justicia, acelerar la reforma a la Constitución que hace falta para que la referida facultad de atracción tenga asidero constitucional suficiente y prever la impugnación en los términos del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Informó estar a favor de los cambios realizados por la colegisladora por lo que no presentará reservas para hacer más modificaciones. “No es nuestro interés el detener la aprobación de esta ley. Debe avanzar”.
Por el PAN, Damián Zepeda también respaldó la minuta en sus términos.
El artículo 40 precisa, tras las modificaciones realizadas por los diputados federales, que entre las facultades de los agentes del Ministerio Público Federal destaca garantizar en toda la investigación y el proceso penal los derechos de las víctimas.
Y que los agentes están obligados a recibir las propuestas de líneas de investigación que les formulen tanto las víctimas como sus asesores y tomarlas en consideración en la generación o modificación de planes de investigación y la práctica de diligencias específicas que las involucren.