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Diputados avalan que cuentas abandonadas se usen en policías
Con una amplia mayoría, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para permitir que los recursos abandonados por más de tres años, con un monto máximo de 51,000 pesos, en instituciones bancarias se destinen a seguridad pública.
Con una amplia mayoría, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para permitir que los recursos abandonados por más de tres años, con un monto máximo de 51,000 pesos, en instituciones bancarias se destinen a seguridad pública.
La iniciativa presentada por el líder de Morena en San Lázaro, el diputado Ignacio Mier Velazco, se consideró de urgente resolución, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato, y se canalizó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El dictamen que reforma el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, fue avalado por 483 votos a favor, y establece que los depósitos e inversiones vencidas y no reclamadas en el transcurso de tres años cuyo importe no exceda al equivalente a quinientas cuarenta UMA, es decir el equivalente a 51,000 pesos, prescribirán en favor de la seguridad pública.
Especifica que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la seguridad pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan.
También, menciona que los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública; la ley vigente establece 300 días de salario mínimo general.
Las instituciones estarán obligadas a entregar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública, dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.
Clasificación de excedentes
En los transitorios, menciona que a efecto de disponer de los recursos que prescriben en favor de la seguridad pública, estos serán considerados como excedentes en términos del artículo 19 de la Ley de Ingresos de la Federación.
Además, el Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través de su Consejo Nacional, deberá instrumentar los mecanismos de coordinación, así como los convenios y acuerdos idóneos, con las instituciones que conforman el sistema bancario, así como con sus órganos reguladores, a fin de estar en posibilidades de realizar el traslado de los recursos financieros a que se hace referencia en el párrafo quinto del artículo 61 del presente Decreto, para el año 2022, en un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor del presente y sean integrados al presupuesto de la dependencia responsable de la seguridad pública.