Buscar
Política

Lectura 4:00 min

Diputados debaten la libertad de unos y la tortura de otros

Con las nuevas reglas de orden en la Cámara de Diputados, el constitucionalista Jaime Cárdenas Gracia dice que sí se limita la libertad de expresión de los diputados mientras que Jesús María Rodríguez agrega que son las reglas de cualquier parlamento del mundo.

Como en cualquier parlamento del mundo, afirmó Jesús María Rodríguez Hernández, el nuevo Reglamento de la Cámara de Diputados pretende orden y transparencia y no coartar la libertad de expresión de nadie, como aseguraron algunos legisladores.

Lo que busca el Reglamento es dejar lo más clara y precisa posible cada una de las obligaciones de los integrantes, de sus derechos y prerrogativas... De ninguna manera coarta las libertades de los legisladores. Las dos bases con las que se elaboró son orden y transparencia, y plantea una serie de conductas que los legisladores tenemos la obligación de realizar para llevar a cabo nuestro trabajo .

El Presidente de la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias de la Cámara Baja, órgano que confeccionó la nueva normatividad aprobada en diciembre pasado y vigente desde el 1 de enero de este año, cuya aplicación ha generado inconformidad de diputados del Partido del Trabajo (PT), explicó que en caso de desorden en el pleno cameral que impida el desarrollo de las sesiones, corresponde al Presidente de la Mesa Directiva determinar la sanción a aplicar. De acuerdo con el artículo 260 del nuevo Reglamento, es competencia del Presidente hacerlo cumplir e interpretarlo.

El priísta aseveró que los diputados están en su derecho de interponer amparos en contra del Reglamento, como ya hizo la petista Laura Itzel Castillo.

LA LIBRE EXPRESIÓN

En sentido contrario al punto de vista de Rodríguez, Jaime Cárdenas Gracia (PT), destacado constitucionalista, afirmó que el nuevo Reglamento sí limita la libertad de expresión a los diputados.

Más importante que el orden (en el salón de plenos) es la libertad de expresión. ¿Cómo no se va a violentar la libertad de expresión cuando te impiden poner una manta? La manta expresa tu libertad de expresión y el Reglamento dice que no puedes hacerlo, sólo cuando estás en tribuna. Pero ¿por qué no puedes ponerla en tu curul?

El diputado Gerardo Fernández Noroña quiso poner una manta la sesión pasada y los del PAN se lo impidieron , afirmó Cárdenas.

La nueva norma no tiene fundamento en la Constitución ni en la ley orgánica del Congreso, dijo.

La Constitución dice que será la ley orgánica la que regule la estructura y el funcionamiento de las cámaras del Congreso, no el Reglamento, como es el caso, amplió.

Agregó: ...La Constitución establece libertades y fueros a los legisladores para criticar, opinar y expresarse, y el Reglamento limita esas libertades. En el mundo entero los reglamentos de los congresos de los parlamentos existen, pero están subordinados, debido al principio de supremacía constitucional, a la Constitución y a la ley .

En España, puso como ejemplo, hay un reglamento del Congreso que depende de lo que establece la Constitución española de 1978 y las leyes del Congreso.

Otra característica de los reglamentos es que deben normar la vida interna y nada más, abundó, y el Reglamento pretende tener efectos respecto de terceros, ya que establece obligaciones para los reporteros que cubren la fuente informativa de la Cámara de Diputados y para los cabilderos.

Artículo 260

1. Compete al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento e interpretarlo; en caso de duda, compete a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias resolver las consultas.

2. El Presidente de la Mesa Directiva tendrá en el desarrollo de las sesiones como medios para promover la libre discusión y decisión parlamentaria entre los diputados, así como inhibir la interrupción de éstas, las siguientes acciones:

I. Llamada al orden; II. Declaración de falta de orden con mención en el acta; III. Retiro del sonido y IV. Descuento de un día de dieta.

3. Ordenará el retiro de las expresiones materiales.

4. Para atender una situación no prevista en el Reglamento, el Presidente podrá dictar una resolución de carácter con el acuerdo de la Mesa directiva.

rramos@eleconomista.com.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Noticias Recomendadas

Suscríbete