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El Poder Judicial, una buena reforma… e intromisión
La política derrotó al derecho; ahora esperemos que, en la Corte, el derecho derrote a la política, señala Pedro Salazar. La ampliación del plazo en el cargo del actual ministro presidente de la SCJN altera las condiciones de independencia judicial en un momento en que hay una enorme cantidad de jueces y magistrados que han tomado decisiones que no le han gustado al presidente de la República, expone Javier Martín Reyes.
Lo que inició como un proceso para realizar la reforma más importante al Poder Judicial de la Federación desde 1994, concebida desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y respaldada por los poderes Ejecutivo y Legislativo, derivó en la intromisión del presidente de la República en el Poder Judicial, lo cual pone en riesgo la imparcialidad para la impartición de justicia, plantean académicos expertos en la materia.
La aprobación de un artículo transitorio, en una de las leyes reglamentarias, mediante el cual, se amplió dos años, la presidencia del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, en la SCJN y en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), así como la ampliación hasta 2026 del periodo de los tres consejeros de esta última que fueron elegidos durante el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, colocó al Poder Judicial en una situación delicada, pues es muy probable que se controvierta, vía una acción de inconstitucionalidad, con lo cual, la propia SCJN tendrá que decidir si eso atenta o no contra lo dispuesto en la Constitución.
La carta magna establece en su artículo 97 que “cada cuatro años el Pleno elegirá de entre sus miembros al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”. Así de claro.
Javier Martín Reyes, profesor de la División de Estudios Jurídicos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), afirmó que es una reforma que altera las condiciones de independencia judicial, en un momento en que hay una enorme cantidad de jueces y magistrados que han tomado decisiones que no le han gustado al Presidente. “Por eso, es una situación muy preocupante”.
Recalcó que jurídicamente hay una violación directa a la Constitución y una ley que viola la Constitución es inconstitucional.
En este asunto, la razón de fondo es que se quiere controlar a los jueces y magistrados. Es como si, en 2023, hiciéramos una reforma a una ley secundaria para que el Presidente no se quede seis, sino nueve años en el cargo para que alcance a implementar las reformas de la cuarta transformación, explicó.
Por su parte, el director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Pedro Salazar Ugarte, manifestó que debemos preocuparnos de que se haya aprobado ese transitorio en las leyes secundarias y que una vez que sea publicado en el DOF (lo cual puede ocurrir en cualquier momento), será derecho vigente.
En entrevista Salazar Ugarte dijo que la política derrotó al derecho; ahora esperemos que, en la Corte, el derecho derrote a la política.
Sin embargo, para que eso ocurra hay que esperar, primero que se impugne y, después, que la SCJN entre al análisis y se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de esta norma.
En ese sentido, Francisco Burgoa, profesor de Derecho constitucional en la UNAM, explicó que desde el momento en que se promulgue las leyes secundarias y las reformas a otras leyes, como parte de la reforma al Poder Judicial, se tienen 30 días para que se presenten acciones de inconstitucionalidad y los sujetos legitimados para ellos son 33% de diputados o 33% de senadores.
Diversos juristas consultados por El Economista coincidieron en destacar que para que el multicitado artículo transitorio sea declarado inconstitucional, se requiere el voto de ocho de los 11 ministros que integran el pleno de la SCJN o expresado de otra forma, se necesitan cuatro votos en contra para que se ratifique su constitucionalidad.
Para algunos expertos, el posicionamiento del ministro presidente Arturo Zaldívar minutos después de que, la mañana del viernes 23 de abril, la Cámara de Diputados aprobó las leyes secundarias, dejó ver que se excusará y no participará en la votación por ser directo involucrado en el asunto; sin embargo, otros refieren que, más bien, dio a entender que sí participará en el análisis y votación, llegado el momento.
Si se excusara, quedarán 10 ministros en esa decisión y sólo será necesario que tres voten en contra para que no se logre resolver la inconstitucionalidad y algunos especulan que los tres ministros electos en lo que va de la presidencia de Andrés Manuel López Obrador eventualmente podrían apoyar la constitucionalidad.
Juan Jesús Garza Onofre, investigador de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, destacó que para frenar este atropello a la Constitución, la principal barrera es institucional, pero, en un segundo momento, también se necesita librar una barrera desde la ética individual del ministro presidente Arturo Zaldívar.
“Creo que el ministro estuvo calculando y vio que el momento oportuno (para manifestarse) era una vez que la ley fuera aprobada en la Cámara de Diputados”.
Sin embargo, el académico consideró que otra lectura es que, claro que hubiera influido desde un ámbito simbólico de legitimidad, si el ministro Zaldívar hubiera dicho desde un primer momento que estaba en contra de esta situación y que no aceptaría permanecer en la presidencia de la Corte más de lo que establece la Constitución.
A su vez Salazar Ugarte explicó que hay una profunda contradicción en aprobar una reforma para fortalecer al Poder Judicial, que es el garante de la Constitución y, en la misma, aprobar una norma que vulnera la Constitución.
Incluso, recordó que, en otras ocasiones el ministro presidente de la SCJN ha sido muy claro en rechazar este tipo de normas, es decir, en otros momentos se ha negado a la ampliación de mandatos de funcionarios judiciales y no judiciales en el cargo y cuando lo ha hecho, en el caso de los judiciales, ha argumentado que lo que se pone en vilo es el principio de independencia judicial.
Dijo que una norma como ese transitorio en cuestión, da al traste con toda la operación de modificación constitucional y pone en riesgo a la supremacía de la Constitución. “Vulnera el principio de imparcialidad e independencia judicial”.
Se trata de una buena reforma
Salazar Ugarte destacó que se trata de una buena reforma, que eventualmente puede fortalecer y transparentar los mecanismos de ingreso, ascenso, promoción, asignación de tribunales de los jueces y magistrados del país. “En sus términos generales es una reforma positiva y necesaria”.
No obstante, el transitorio empaña todo lo demás porque no es una cuestión, ni accidental, ni marginal, sino una cuestión medular. Se trata de una norma de carácter secundario y transitorio que contradice claramente normas de carácter constitucional, subrayó.
Por su parte, Francisco Burgoa, destacó que toda norma constitucional o legal que expida el Poder Legislativo debe ser general, impersonal y abstracta, es decir, no debe de tener una dedicatoria hacia una persona en específico.
En franca referencia a las declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador, en el sentido de que es muy importante que el ministro Zaldívar permanezca en el cargo, para que la reforma se realice correctamente, dijo que pensar que el éxito de la implementación de una reforma constitucional depende de una sola persona, sería una forma de anticipar su fracaso.
Recalcó que son 11 ministros los que conforman la cabeza del Poder Judicial de la Federación y cualquiera de ellos tiene la capacidad de implementar esta reforma constitucional con toda la legislación secundaria.
En su opinión, el éxito de esta reforma va a depender de la ética de todos los servidores públicos que forman parte del PJF.
Recalcó que esto sí daña al Poder Judicial de la Federación en su imagen y credibilidad, porque se sigue viendo como una intromisión del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial.
A su vez, Garza Onofre, dijo que la potencialidad de la reforma depende de las leyes secundarias y los detalles que hay que seguir afinando.
Es muy profunda la reforma, pero tristemente el proceso se manchó, porque ahora estamos más preocupados por la manera tan innecesaria que se ha enturbiado un proceso de un importante carácter técnico, abundó.
Por su parte Martín Reyes mencionó que se trata de una reforma con claroscuros, con cosas muy positivas para el país, pero con áreas cuestionables.
Fortalecer a la SCJN, la carrera judicial y defensoría pública, lo relevante del cambio
La reforma en cuestión, aprobada a finales del año pasado, que entró en vigor el pasado 11 de marzo y cuyas leyes secundarias fueron aprobadas el viernes pasado, gira en torno a tres objetivos: fortalecer a la SCJN como tribunal constitucional; generar una auténtica carrera judicial y la implementación del Instituto de la Defensoría Pública.
De ahí se desprenden los principales ejes planteados en la iniciativa enviada al Congreso el 18 de febrero de 2020, entre los que destacan el propiciar que la SCJN enfoque sus energías únicamente en los asuntos más relevantes para el orden jurídico nacional; el establecimiento de plenos regionales, en sustitución a los plenos de circuito, como órganos del PJF encargados de resolver las contradicciones de tesis en los circuitos sobre los que ejerzan jurisdicción, así como todos los conflictos competenciales que se susciten en el país entre órganos jurisdiccionales.
También destaca la transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, con una integración colegiada que asegure mejor calidad y mayor certeza en sus resoluciones y modificación al sistema de jurisprudencia, para fortalecer los precedentes de la SCJN, a fin de que la doctrina constitucional que genere enmarque la labor del resto de los órganos jurisdiccionales del país.
De igual forma plantea la limitación a la discrecionalidad de los nombramientos otorgados por jueces y magistrados, para garantizar que sólo se otorguen a los vencedores en los concursos; impulso a la capacitación y profesionalización del personal otorgándole a la Escuela Judicial un rol central en los concursos de oposición, confiriéndole también la capacitación y la carrera judicial de los defensores públicos y el establecimiento de políticas que orienten las determinaciones del CJF en materia de adscripciones, readscripciones, reincorporaciones y ratificación de juzgadores. Además del reforzamiento de las facultades institucionales de combate a la corrupción y al nepotismo.
La meta es fortalecer a la Corte como tribunal constitucional
De acuerdo con el ministro presidente, en un año (sin pandemia), la SCJN atiende alrededor de 18,000 asuntos. Ningún tribunal constitucional en el mundo recibe tantos.
En enero pasado durante su participación en un conversatorio en la Facultad de Derecho de la UNAM, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, expuso que con la reforma y con el fin de que los ministros se dediquen a los temas más trascendentes, se establece que las controversias constitucionales proceden por violaciones a la Constitución. Se trata de que, la controversia constitucional deje de ser un juicio de legalidad municipal incluso y si aumenta, que proceda también por violación a derechos humanos.
Adicionalmente se les da legitimación a los órganos constitucionales locales.
El ministro destacó que el amparo directo en revisión se ha usado, ya sea de buena fe, mala fe o simple ignorancia, para satanizar la reforma, diciendo que se va a dejar sin recurso a las personas o que se está empoderando al presidente de la SCJN.
En ese sentido dijo que en todos los países del mundo hay una instancia y una segunda instancia, pero en México teníamos un amparo directo que se había convertido, de facto, en una tercera instancia, lo cual no existe prácticamente en ningún otro país.
Lo grave era que en México teníamos una cuarta instancia que es el recurso de revisión en el amparo directo, del cual se había venido abusando.
En un año sin pandemia, la SCJN había recibido alrededor de 10,000 revisiones, de las cuales normalmente se desechaban 90% y de esa cantidad se recurría 30 por ciento.
Eso derivaba en que las salas tenían al año alrededor de 3,000 asuntos de reclamación cuyo desechamiento se confirmaba en más de 97 por ciento.
En ese sentido, las salas utilizan, al año, un tercio de su trabajo en resolver esos recursos, que muchas veces no son sino “chicanadas” para alargar los procesos.
En esos casos en específico, lo que sucederá con la reforma es que los asuntos de amparo directo en revisión que se desechen ya no son recurribles.
Ahora, cada sala, en lugar de resolver 1,500 reclamaciones, resolverá 150 amparos directos que atraiga, tendrá mucho más tiempo de atender asuntos relacionados con presuntas violaciones a derechos humanos.
Al respecto, Francisco Burgoa destacó que uno de los aspectos positivos son la creación de los plenos regionales en sustitución de los plenos de circuitos y serán las instancias que se van a encargar de resolver contradicciones de tesis en los distintos circuitos, así como aspectos competenciales que se susciten entre órganos jurisdiccionales.
Asimismo, la transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito, en Tribunales Colegiados de Apelación.
Eso quiere decir que en lugar de los tribunales en donde sólo había un magistrado que se encargaba de conocer recursos de apelación, entre otros asuntos, ahora habrá tres, con lo cual habrá una mejor deliberación, lo que dará mayor certeza a las resoluciones.
Otro punto positivo es la modificación del tema de jurisprudencia para dar paso a lo que se conoce como los precedentes, con el propósito de que ya no haya que esperar a que se tenga la resolución de al menos cinco asuntos en el mismo sentido para que se pueda crear la jurisprudencia por reiteración, de tal forma que un solo asunto que llegue a la SCJN y se apruebe con mayoría de ocho votos ya siente precedente y tendría efectos generales. Eso, sin duda va a mejorar la justicia local, porque habrá jurisprudencia por precedentes de la Corte, del pleno o de sus salas.
Buscan apuntalar carrera judicial y defensoría pública
De acuerdo con el ministro presidente, se busca que, por primera vez, haya una ley de carrera judicial en el país, con la cual en todos los cargos del Poder Judicial se llegue por concurso y constituir al Consejo de la Judicatura en una auténtica escuela de formación judicial, con altos estándares académicos para que los jueces puedan tener argumentos sofisticados y de derecho comparado que a su vez los puedan expresar de manera simple y sencilla para llegar a la ciudadanía.
Al respecto, Francisco Burgoa dijo que, dada la creación de la Escuela Federal de Formación Judicial, que se eleva a rango constitucional y que forma parte del CJF, es relevante para mejorar la carrera judicial en todas las categorías para que se pueda acceder mediante concursos de oposición para blindar los procesos de actos corruptos.
Además, llamó la atención en que la SCJN conocerá de los actos de adscripción, promoción o ratificación de jueces y magistrados que emita el CJF.
Por otra parte, Saldívar recordó que, hasta hoy, en México la defensoría pública, siempre se ha considerado como el patito feo del Poder Judicial y por eso estaba en el abandono.
Ahora, el objetivo es generar defensores públicos de calidad que sean formados en la escuela judicial, con el mismo rigor de los juzgadores federales, para tener abogados en todos los rincones del país que puedan ofrecer una defensa de calidad a la gente más pobre y marginada.
Dijo que no puede haber justicia en un país en el que las cárceles están llenas de inocentes cuyo único delito fue la pobreza.
Lo cuestionable es la concentración del poder y no tocar al tribunal electoral
Martín Reyes expuso que lo cuestionable de esta reforma es que hay una concentración de poder en la presidencia del CJF y de la SCJN para poder desechar asuntos, sin que haya control por parte del pleno.
Además, se da la facultad al CJF para que pueda decidir qué jueces van a resolver los casos relacionados con violaciones graves a derechos humanos, cuando eso no debería decidirlo discrecionalmente, porque hay reglas de turno y de competencia.
Por otra parte, expuso que esta reforma queda a deber en diferentes aspectos, como una reforma al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Es paradójico que no se le toque ni con el pétalo de un transitorio, cuando es evidente que atraviesa por una crisis, la cual ha quedado expuesta con sus decisiones en los casos de las candidaturas de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán, respectivamente.
Por otra parte, añadió que no se tocó al sistema de designación de ministros de la Corte, que le da un enorme poder al presidente de la República, pues puede proponer ternas y, si el Senado se las rechaza dos veces, simplemente él lo designa.
Otro asunto que es importante modificar, indicó, es el procedimiento para la renuncia de los ministros, sobre todo luego de la extraña separación del cargo del ahora exministro Eduardo Medina Mora, donde el presidente de la República y el Senado violentaron lo que dice la Constitución, en el sentido de que se debe justificar la causa por la cual renuncia un funcionario de esos.
Además, mencionó, es muy revelador que se siga manteniendo la presidencia de la SCJN y del CJF en la misma persona, lo cual implica una concentración de facultades que no necesariamente es lo mejor.
Dijo que el trabajo de ser juez constitucional es muy diferente a ser un administrador del Poder Judicial.
Lo cierto es que la reforma al Poder Judicial ya entró en vigencia, y una vez que se publiquen las leyes secundarias, deberá iniciar la implementación y, de acuerdo con el ministro presidente, será necesario arrancar un proceso de ingeniería jurídica que llevará varios años, independientemente de que él lo encabece o, sus compañeros del pleno de la Corte decidan que otro debe dirigir esa tarea, goce o no de la confianza del presidente de la República.