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El proceso para el veto o el aval de las leyes
El futuro de la ley conocida ahora como 3de3 puede tener varios escenarios para ser procesada; ello dependerá de si es promulgada o vetada por el presidente Enrique Peña Nieto.
El futuro de la ley conocida ahora como 3de3 puede tener varios escenarios para ser procesada; ello dependerá de si es promulgada o vetada por el presidente Enrique Peña Nieto.
El Ejecutivo federal cuenta con un plazo de 30 días naturales (de lunes a domingo) para tomar esa definición, periodo que corre a partir del 16 de junio, cuando el Congreso de la Unión le turnó la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Por mandato constitucional, un presidente ya no puede aplicar el llamado veto de bolsillo, que consistía en que nunca publicara la ley en cuestión en el Diario Oficial de la Federación y, por ende, no entraba en vigor.
Si en 30 días el presidente no veta la Ley 3de3 -es decir, que haga observaciones y proponga cambios al Poder Legislativo-, la ley se considerará aprobada y deberá publicarla en un periodo adicional de 10 días naturales en el Diario Oficial de la Federación.
Si el Ejecutivo no la publicara, el presidente de la cámara de origen podrá ordenar dicha acción y entrará en vigor.
El segundo escenario incluye que el presidente haga observaciones a la ley. En principio, el proyecto de ley -desechado en todo o en alguna parte específica- será devuelto con las observaciones a la cámara de origen.
El veto deberá ser discutido de nuevo por esta cámara y, si fuese aceptado por mayoría de votos, pasará a la cámara revisora. Si ésta también lo acepta, la ley se devuelve al Ejecutivo para su promulgación.
En tanto, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso estipula que las observaciones o modificaciones hechas a un proyecto de ley por el Ejecutivo, al volver a la cámara de origen, serán enviadas a comisiones para su nuevo análisis.
Y en ello solamente se discutirán y votarán, en lo particular, los artículos observados, es decir, no se puede hacer modificaciones al demás contenido de la ley. Pero si el Congreso rechaza las observaciones del Ejecutivo, tendría que publicarse en los términos iniciales.
Un precedente de veto presidencial es la Ley General de Víctimas, que fue regresada con observaciones en el 2012 por parte del expresidente Felipe Calderón.