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Estamos ante la crónica de un litigio anunciado en sector energético: Sergio Ampudia Mello
Empresarios del sector terminarían por retirarse, al no encontrar garantías de utilidad o certidumbre que mitiguen sus riesgos, expone el experto en derecho energético.
De aprobarse la iniciativa de Ley de la Industria Eléctrica enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador al Congreso de la Unión hace unos días, van a existir varios regímenes jurídicos en materia de electricidad, sin que se otorguen garantías, ni certeza a ningún participante del mercado, afirmó Sergio Ampudia Mello.
El coordinador académico del diplomado y especialización en Derecho Energético en la UNAM, explicó que, actualmente están vigentes los llamados participantes por los contratos legados, es decir los que surgieron, producto de la ley servicio público de energía eléctrica de 1992, que quedó abrogada en 2014, pero se mantuvo su vigencia hasta que ellos estuvieran dispuestos a incorporarse al mercado eléctrico mayorista o esperar a que feneciera su contrato de interconexión.
Esos son los que no le gustan al actual gobierno porque considera que hay un abuso en la tarifa. Por eso, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aumentó hasta 800% en octubre pasado las tarifas de porteo.
También están los llamados contratos de cobertura eléctrica y los del mercado eléctrico mayorista, que se han hecho al amparo de la actual ley de industria eléctrica.
El tercer régimen lo constituyen los que se ampararon ante algunas disposiciones o acuerdos dictados en abril pasado por el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).
Además, habría otro, que son en los que operan aquellas empresas que prácticamente quedarían distanciadas de la posibilidad de que se despache su energía en el sistema nacional de distribución eléctrica, con argumentos relacionados en función de los precios.
En uno más estarían los que no se acojan a la nueva norma y la controviertan, como es seguro que ocurra.
El especialista comentó que hay un antecedente, la controversia constitucional 89/2020/ que fue resuelta por la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), respecto de este tipo de prácticas que restituyen a la CFE la dominancia en el mercado. La corte consideró que atentan contra el régimen de competencia y que constituyen barreras de entrada, que están alentando el uso de tecnologías obsoletas y eventualmente sucias.
El problema, destacó es que, de aprobarse la iniciativa que actualmente discute el Congreso, entraría en conflicto con lo ya determinado por la SCJN y estaríamos entonces ante “una crónica de un litigio anunciado”.
Contribuiría a la judicialización histórica de la actividad energética en el país, con el inconveniente de que, lo que está ocurriendo en el régimen jurídico que se centra en la disciplina de mercado, es que los oferentes terminan por retirarse, al no encontrar garantías de utilidad o certidumbre que mitiguen sus riesgos.
Eso históricamente así ha ocurrido, el problema de hoy es que la generación eléctrica depende en 36% de productores independientes de energía. Si éstos se retiraran, generarían un problema de abasto en el país, subrayó.
Por ello, consideró que esta discusión, que pareciera que sólo es jurídica, va mucho más allá. Es estrictamente de logística y operativa.
Ampudia Mello, llamó la atención en que el problema es que la CFE no tiene la capacidad para cubrir la demanda agregada de electricidad que se va a suscitar en los próximos años, especialmente si, como se espera, se reactive la actividad económica del país.
Por otra parte, mencionó que, si bien no se trata de una contrarreforma en materia energética, son modificaciones a ocho artículos de la ley de industria eléctrica y una adición que sí pueden restituir a la CFE la fuerza en el mercado que tenía hasta los años noventa.