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Política

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Gestación subrogada o vientres de alquiler: en la mesa para la legislación federal y en el debate entre colectivos

Aunque este es uno de los temas más debatidos entre las colectivas feministas y la sociedad civil, lo cierto es que es una práctica que ocurre cada vez con mayor frecuencia. En aras de proteger a las mujeres gestantes, garantizar el derecho a la familia de todas las personas y priorizar a los niños y niñas nacidas es urgente poner sobre la mesa la discusión y establecer condiciones que aseguren los derechos humanos de todas las partes.

Foto: Especial

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El pasado 3 de junio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, con nueve votos a favor y dos en contra, dejar a los estados decidir entre regular los términos económicos de la gestación subrogada o dejar que las partes involucradas en este procedimiento los convengan. En este contexto, es importante señalar que hasta el momento sólo Tabasco y Sinaloa tienen legislaciones que regulan explícitamente esta práctica.

Esta decisión ha generado un importante debate entre las mujeres en la sociedad civil, la comunidad LGBT+ y las colectivas feministas debido a que, por un lado, una gran parte de las opiniones consideran que es necesario regular la gestación subrogada porque sin leyes explícitas todas las partes involucradas se encuentran vulnerables. Por otro lado, hay quienes han considerado que regular esta práctica podría más bien ser un incentivo a la explotación y marginación de las personas gestantes.

Pero, primero lo primero. Hablemos de la maternidad subrogada y todo lo que implica. Este procedimiento forma parte de un grupo de avances científicos que se conocen en general como “técnicas de reproducción asistida”; este término concentra prácticas como la fecundación in vitro y la inseminación artificial. Ambos procedimientos se caracterizan por la manipulación de gametos o embriones para establecer el embarazo.

¿De dónde proviene el material genético con el que se establece el embarazo?

  • En la mayoría de los casos de gestación subrogada el material genético es del padre, madre o de la pareja intencional.
  • Otra opción que ocurre en lugares donde existen clínicas de gestación subrogada es que existen donadores de material genético.
  • En otros casos la mujer gestante aporta su propio material genético.

¿Quiénes pueden acceder a la gestación subrogada en México?

Aunque existen múltiples variaciones en términos de regulación dependiendo la región o el país, la mayoría de las veces no existen restricciones para acceder a esta práctica: lo puede hacer una persona soltera, una pareja heterosexual que no puede desarrollar un embarazo no intervenido, una pareja homosexual e incluso una pareja extranjera.

¿Cuánto cuesta acceder a la gestación subrogada en México?

En México rentar un vientre puede ir desde los 20,000 hasta los 200,000 pesos. Esta cifra es sólo un rango calculado a través de un ejercicio virtual en sitios web de clínicas privadas, artículos periodísticos y publicaciones en grupos de gestación subrogada, parejas heterosexuales que buscan ser padres y comunidad LGBT+, lo cierto es que la realidad puede ser otra.

La razón fundamental de que todas estas preguntas no tengan respuestas precisas es la falta de regulación; esto quiere decir que en México llevar a cabo un embarazo bajo estas prácticas no está explícitamente prohibido, pero tampoco está establecido un marco legislativo que proteja y de certeza a quienes establezcan estos convenidos.

Es aquí donde empieza el debate. Al no existir una regulación federal respecto de esta práctica cada clínica o institución de salud puede establecer sus propios criterios para realizar estas técnicas no sólo en términos clínicos sino también económicos y sociales. Y ante este abanico de posibilidades e incertidumbres también existe un mercado negro de gestación subrogada que implica violencias y riesgos. Los riesgos económicos en todo caso, son los menores. La gestación subrogada implica no sólo un contrato civil que responde al derecho a la familia, también involucra derechos como el de la salud, el acceso a la información, a la identidad y autonomía, el derecho a la seguridad jurídica y el derecho a la no discriminación.

¿Prohibir la gestación subrogada o regularla?

Esta es una de las discusiones más fuertes en torno al tema; las posiciones son claras, mientras un grupo de voces consideran que la gestación subrogada debería estar prohibida, otro conjunto defiende la idea de regularla. De acuerdo con un informe elaborado por el GIRE (Grupo de Información sobre la Reproducción Elegida), este debate se ha dado por décadas y muestra por un lado la idea de prohibir y de hecho penalizar esta práctica, y por otro, la idea de reconocerla y garantizar condiciones óptimas para su práctica.

La razón fundamental por la que colectivas y activistas defienden la idea de prohibirla e incluso penalizarla es porque se considera una “práctica inherentemente deplorable y coercitiva, y por tanto, debe ser rechazada en todas sus formas”, cita el estudio del GIRE.

Por otro lado, la regulación encuentra su argumento en el reconocimiento de la agencia de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos, lo que implicaría dar autonomía para que sean ellas mismas quienes decidan involucrarse o no en estas prácticas. Siempre de la mano de marcos jurídicos que establezcan con claridad las condiciones bajo las que se pueden hacer este tipo de contratos y que, sobretodo, protejan a las gestantes, a las madres, padres o parejas intencionales y al o la menor.

Aunque cada postura defiende sus propios argumentos, lo cierto es que la evidencia nacional e internacional nos da cuentas de un hecho innegable, prohibida o regulada, la gestación subrogada es una realidad que la mayoría de las veces ocurre en condiciones no reguladas y sin la protección del Estado hacia ninguna de las partes.

Los puntos de encuentro y conciliación

Aunque el debate alrededor de esta práctica de reproducción asistida continúa sobre la mesa, los derechos humanos se encuentran a la cabeza de las posiciones. Es importante actuar desde esta perspectiva siempre. Ante la urgente legislación en materia de técnicas de reproducción asistida, y especialmente gestación subrogada se debe considerar que:

  • Todas las personas tienen el derecho a la familia sin importar su edad, raza, orientación sexual, identidad de género o estado civil.
  • Todas las partes deben estar totalmente protegidas y respaldadas en términos de salud, emocionales, económicos, informativos y jurídicos.
  • Se debe garantizar el derecho a la no discriminación en todas las etapas del proceso
  • Las mujeres son las únicas que tienen autonomía y poder sobre sus cuerpos y su capacidad reproductiva.

“Si bien es deseable que México adopte una legislación, tanto para regular las TRA en general, como para la gestación subrogada en particular, no debe adoptarse cualquier legislación. La que se adopte deberá tener como eje central la garantía de los derechos de las tres partes de un acuerdo de gestación subrogada: las mujeres gestantes, los padres intencionales y los niños y niñas nacidos por estos acuerdos. La legislación tendría que garantizar también la no discriminación a personas que no cumplen con el modelo de familia tradicional, como las parejas del mismo sexo o las personas solteras, así como de las parejas que no sean exclusivamente mexicanas”, conluye el informe del GIRE.

ana.garcia@eleconomista.mx

kg

Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México. Periodista especializada en género, derechos humanos, justicia social y desarrollo económico.

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