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Política

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IMSS pedirá a Congreso evaluar reforma por matrimonios gay

El instituto se declaró incompetente para extender sus beneficios a los matrimonios del mismo sexo, ya que dijo la ley es específica al hacer la distinción de género.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hará del conocimiento del Poder Legislativo su imposibilidad para extender sus beneficios a las personas del mismo sexo que contraigan matrimonio, a fin de que evalúe los caminos de reforma legal que considere pertinentes.

No obstante, el instituto destacó que en el IMSS 'no se tolera ninguna forma de discriminación, se respeta a las personas sin distinción de género, creencias, ideologías o preferencias sexuales'.

Explicó que para cumplir las leyes locales, como en el caso del Distrito Federal, y atender los servicios a matrimonios del mismo sexo, es necesaria una reforma a la ley del Seguro Social que tendría que ser aprobada en el Poder Legislativo federal.

En un comunicado, el IMSS indicó que actualmente la fracción XII del artículo 5 de esta legislación, define en términos generales lo que se entiende por beneficiarios.

Pero en los artículos subsecuentes (64, 65, 66, 84, 127, 130, 133, 138, 140, 165, 193, 201, 205 y 209) se establece con toda precisión, y de manera específica, las personas, incluyendo su género, que se consideran como beneficiarios del asegurado o pensionado para cada uno de los cinco seguros del régimen obligatorio.

Agregó que dependiendo de cada caso de seguro, la ley señala que los beneficiarios son la 'esposa o viuda del asegurado', o 'la concubina del asegurado', o 'el esposo, o el viudo o concubinario de la asegurada', y en el caso del servicio de guarderías, son beneficiarias las madres trabajadoras o los trabajadores viudos o divorciados.

'Toda vez que la ley es específica en hacer esta distinción de género, el instituto actualmente se ve impedido para extender sus beneficios a las personas no aseguradas que han contraído matrimonio con personas de su mismo sexo', precisó el instituto.

Afirmó que esta definición es de carácter legal y no refleja posicionamiento personal o institucional alguno, por lo cual el IMSS turnará las observaciones sobre este asunto al Poder Legislativo para que tome las medidas que considere pertinentes.

apr

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