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INE ordena a López Obrador a no opinar sobre la revocación de mandato
Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral sesionaron para resolver una denuncia interpuesta por el PRD en contra de López Obrador por las declaraciones que hizo en su conferencia de prensa matutina del 2 de febrero.
Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobaron este martes medidas cautelares para solicitar al presidente Andrés Manuel López Obrador a abstenerse, bajo cualquier formato, de realizar cualquier comentario en torno a la próxima consulta de revocación de mandato.
Los consejeros que integran dicha comisión sesionaron esta tarde para resolver una denuncia interpuesta por el PRD en contra de López Obrador por las declaraciones que hizo en su conferencia de prensa matutina del pasado 2 de febrero, cuando el primer mandatario leyó la pregunta de la consulta, e incluso explicó a los televidentes las dos opciones de voto el 10 de abril.
La Comisión ordenó al titular del Ejecutivo federal evitar emitir -bajo cualquier formato- opinión, comentarios o señalamientos sobre la figura de revocación o cualquier información que pudiera influir en la decisión ciudadana. Incluso, ordenó a la Presidencia de la República retirar de todos los canales y medios de transmisión la conferencia matutina del 2 de febrero.
Asimismo, en el acuerdo, la Comisión pidió a los funcionarios que laboran en la Vocería de la Presidencia de la República y en Cepropie, que cuiden el formato informativo que se transmite por vías oficiales y a través de las redes sociales del Presidente, de la Presidencia y Gobierno federal.
La consejera Beatriz Claudia Zavala Pérez indicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya determinó que ni autoridades ni los partidos, salvo el INE, pueden realizar promoción de la consulta de revocación de mandato.
Por su parte, la consejera Beatriz Eugenia Galindo dijo que en la conferencia del 2 de febrero, el mismo presidente López Obrador leyó la pregunta de la consulta, y hasta explicó cómo pueden votar las personas, lo cual legalmente está prohibido.
“Por eso es muy importante lo que este funcionario público, el más importante de toda la República Mexicana, diga en estas conferencias conocidas como las mañaneras; obviamente ya no puede pronunciarse sobre estos temas de revocación de mandato porque él es el sujeto en relación con este procedimiento, además de que está la prohibición para cualquier funcionario público de hablar de este tema; porque al ser un ejercicio de participación ciudadana lo que se busca es que la ciudadanía de manera libre, voluntaria, tome las determinaciones que a su interés convenga sin que ningún funcionario público pueda estar interviniendo en esa decisión”, dijo.
La consejera Galindo Centeno afirmó que no se trata de coartar la libre expresión del Presidente de la República, “es más bien garantizar la libertad de la ciudadanía de ir a participar en la jornada de revocación de mandato y optar por la circunstancia que consideren más idónea desde su percepción”.
Previamente, el Instituto Nacional Electoral aclaró que, conforme a lo establecido en la Constitución y la ley, el gobierno federal está en prohibición de difundir propaganda del 4 de febrero y hasta el 10 de abril, fecha en que se celebrará la consulta de revocación de mandato al Presidente de la República.
Detalló que conforme al artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 13 de septiembre de 2021, durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.
El INE precisó que la prohibición de emitir propaganda es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)
Mencionó que la misma norma establece también que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato.
“Si bien en la Ley Federal de Revocación de Mandato se establece que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral”, detalló el INE.
kg