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INE solicita formalmente a Hacienda 1,738 millones de pesos para la consulta de revocación de mandato
El Instituto Nacional Electoral envió al secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O, la solicitud de recursos adicionales para la consulta sobre revocación de mandato.
El Instituto Nacional Electoral (INE) envió al secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O, la solicitud de recursos adicionales para la consulta sobre revocación de mandato.
En su escrito, el INE argumentó que para llevar a cabo la organización, difusión, desarrollo y cómputo de la revocación de mandato, en el anteproyecto de Presupuesto 2022 pidió un presupuesto por 3,830 millones 448,091 pesos que consideró necesario para organizar este ejercicio con los estándares de calidad que implementa el INE en los procesos electorales, en particular los de carácter federal, y cumpliendo con los principios y reglas constitucionales y legales aplicables, en el entendido de que la base de cálculo esencialmente radica en el número de casillas a instalar, que deben ser las mismas que en el último proceso electoral federal.
Explicó que también se incluyó un presupuesto precautorio de 1,913 millones 125,708 pesos por si se convocaba una Consulta Popular para el 2022.
Sin embargo, resaltó, al aprobarse en la Cámara de Diputados el Presupuesto de Egresos de la Federación se determinó una reducción de 4,913 millones de pesos respecto del presupuesto originalmente solicitado por el Instituto, situación que contravino el INE ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante una controversia constitucional.
Recordó que la Comisión de Receso de la SCJN negó la suspensión al INE respecto a la necesidad de hacer ajustes a su presupuesto para garantizar los recursos suficientes a fin de que la celebración de la revocación de mandato se lleve a cabo bajo los principios y reglas constitucionales y legales aplicables.
Ante ello, el Consejo General estimó que se debían salvaguardar las previsiones presupuestales para actividades fundamentales como son los gastos de la expedición de la credencial de elector; el pago de derechos laborales; los trabajos de demarcación territorial; la participación en la organización de las elecciones locales a celebrarse en el 2022; los relativos a las fiscalización y monitoreo.
El INE explicó en su carta que una vez que se salvaguardó el presupuesto para cumplir con dichas funciones sustantivas, sólo contó con un monto de 830 millones 573,799 pesos como presupuesto contingente, el cual fue asignado en su totalidad a las actividades vinculadas con la revocación de mandato.
Precisó que para dotar de mayores recursos a la organización de la revocación de mandato se hicieron ajustes presupuestarios, eliminando o modificando algunos de los proyectos que se tenían previstos y que pueden ser postergados sin afectar significativamente la operación del Instituto, de manera tal que se aprobó el monto de 1,275 millones 900,000 pesos.
Indicó que también el Consejo General ordenó a la Junta General Ejecutiva generar una disponibilidad presupuestaria para 2022 como meta de ahorro de cuando menos 227 millones 098,368 pesos, por lo que en total, se consideró para la Revocación de Mandato un monto aproximado de 1,502 millones 998,368 pesos.
“Al no contar con la suficiencia presupuestal necesaria para la revocación de mandato ni poder disponer legalmente de otros recursos, se estimó procedente posponer (no cancelar) temporalmente el desarrollo del ejercicio de participación ciudadana, ya que continuar con la revocación de mandato con el presupuesto con el que se contaba, obligaría a que las actividades de su organización se llevaran a cabo incumpliendo necesariamente las formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley Federal de Revocación de Mandato”, indicó.
El órgano electoral expuso que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le instruyó al INE que “realice y gestione las adecuaciones presupuestales necesarias, sin afectar sus obligaciones constitucionales, legales, estatutarias y laborales, a fin de estar en posibilidad de garantizar el adecuado desarrollo de las actividades calendarizadas en el proceso de revocación de mandato; o bien, de subsistir la insuficiencia, realice las gestiones pertinentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a efecto de solicitar las ampliaciones presupuestarias que se requieran para el adecuado desarrollo del proceso de revocación de mandato”.
El INE recordó que ya realizó un nuevo esfuerzo institucional de ajuste presupuestario con el fin de ampliar la meta de ahorro del Instituto y disminuir los costos de dicho proceso de participación ciudadana, si bien apartándose de los estándares de calidad que el INE implementa a los procesos electorales federales, dentro de los márgenes de riesgo aceptables para garantizar su viabilidad operativa, lo cual suma un monto de 588 millones 460,000.
“Sumados a los 1,502 millones 998,368 pesos que ya se tenían, este Instituto ha logrado alcanzar el monto de 2,091 millones 460,368, tanto de suficiencia presupuestaria como de disminución de costos en la organización de la revocación de mandato, de los 3,830 millones 448,091 solicitados originalmente en el anteproyecto de presupuesto.
“Aun así, subsiste una insuficiencia presupuestal en los estrictos términos mandatados por la Constitución y la Ley Federal de Revocación de Mandato, por lo que, en estricto acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior en la sentencia SUP-JE-282/2021 y acumulados, se solicita de manera excepcional recursos adicionales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por la cantidad 1,738 millones 988,091 pesos, a fin de que dote a este Instituto de los recursos faltantes que se requieren para hacer efectivo el derecho político de participación de la ciudadanía en dicho proceso”, menciona.
“Se solicita atentamente que la respuesta que brinde al presente oficio sea remitida a este Instituto a más tardar el 31 de enero del año en curso, a fin de tener certeza sobre los recursos con los que se operará la continuación de la revocación de mandato, en virtud de las definiciones y actividades que deberán desarrollarse en lo inmediato, tomando en cuenta el plan y calendario aprobado por el Consejo General, en el entendido de que, en su caso, la convocatoria respectiva se emitiría a más tardar el 4 de febrero siguiente”.