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Política

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Imprecisas, cifras sobre recuperación de recursos

El funcionario de la Función Pública aseveró que los procesos contra funcionarios recorren un largo camino.

Las sanciones impuestas a funcionarios de la administración federal por daños causados al erario público recorren un largo camino,ya que aunque se tenga certeza por parte de la Secretaría de la Función Pública (SFP) de que la infracción procede, al momento del cobro puede venirse abajo la resolución, afirmó José Gabriel Carreño Camacho, director general de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la dependencia.

Entrevistado por El Economista, Carreño Camacho precisó que en lo que va de la actual administración se han impuesto sanciones económicas por 5,974 millones 863,883 pesos a servidores públicos, no obstante, lo que no podemos nosotros establecer es que de eso cuánto se ha recuperado porque obviamente nosotros enviamos el reporte al Servicio de Administración Tributaria (SAT) antes de que la resolución se pueda considerar como firme, es decir que en contra de nuestra resolución ya no opere un medio de impugnación como puede ser un juicio de nulidad, un recurso de revocación o un amparo .

El funcionario de la SFP añadió que tanto en la Ley abrogada de Responsabilidades Administrativas, como en la que entró en vigor, es el SAT el encargado de cobrar dichas sanciones mediante un crédito fiscal y a través del procedimiento administrativo de ejecución son los que ellos recuperan en su caso el monto .

Añadió que la dependencia tiene cifras sobre las sanciones revocadas o no directamente; sin embargo, éstas pueden variar. Te pongo un ejemplo, a nosotros nos podrían confirmar la validez de nuestra resolución y a ellos (el SAT) se las revocan por alguna cuestión técnica que no consideraron, o a la inversa, entonces no podemos tener una cifra precisa en este momento por la naturaleza misma de la información que es proporcionada por el SAT, que incluso cuando nos la remite obviamente viene clasificada como reservada .

Carreño Camacho aseveró que existe una problemática sobre los datos de cuánto verdaderamente se está recuperando en aquellas resoluciones que incluso ya se consideran firmes. Si hablamos de esos casi 6,000 millones de pesos contra lo que se recupera en la presente administración, pues sí suena escandaloso

El pasado lunes El Economista publicó que de cada 1,000 pesos desviados sólo se recuperan tres, sobre ello el funcionario de la SFP indicó que dicha estadística no está tan alejado de la realidad. El problema es que si se consideran números completos pues sí es muy baja la recuperación. Aquí hay que considerar forzosamente qué tanto de esos montos que nosotros estamos remitiendo al SAT ya son cobrables, o sea ya no van a poder tener ninguna forma de echar abajo el requerimiento de pago por parte del SAT .

Consideró que para que se tenga certeza sobre los montos recuperados en las sanciones a servidores públicos se debería realizar un convenio con el SAT, aunque dijo, es posible que no estén dispuestos por la secrecía de la información .

Sobre el número de sanciones y sancionados, el directivo de la SFP enfatizó que se muestra una disminución en este año, comparado con la anterior, de entre 15 y 20 por ciento.

Parece que estuviéramos sancionando menos, pero no, nosotros se lo queremos atribuir a que las labores o las actividades de prevención han sido más eficientes , precisó al tiempo que dijo que se han capacitado en materia de prevención a alrededor de 60 % de los funcionarios públicos que tienen contacto directo con recursos públicos.

El embargo, nueva forma de resarcir el daño al erario

Con la entrada en vigor de la nueva Ley general de Responsabilidades Administrativas, la SFP adquirió facultades para que además de sancionar a los funcionarios públicos que hayan incurrido en alguna infracción grave como la malversación de recursos, se busque resarcir el daño a la Hacienda Pública incluso mediante la figura del embargo de bienes y la indemnización.

En el artículo 31 de la nueva ley se explica que en caso de que el servidor público que incurrió en la falta grave reconozca su plena culpabilidad en el hecho a escrutinio, como indemnización se impondrá al servidor una sanción económica que deberá ser suficiente para cubrir los daños o perjuicios causados, y siempre deberá restituirse cualquier bien o producto que se hubiese percibido con motivo de infracción .

En tanto que en el artículo 89 de la Ley General se explica que cuando el servidor público o los particulares presuntamente responsables de estar vinculados con una falta administrativa grave, desaparezcan o exista riesgo inminente de que oculten, enajenen o dilapiden sus bienes... (se procederá) al embargo precautorio de sus bienes, a fin de garantizar el cobro de las sanciones económicas .

Sobre ello, Carreño Camacho dijo que el embargo podrá ser sobre bienes o cuentas bancarias. Obviamente al tratarse de un nuevo procedimiento sabemos que esas medidas cautelares pues obviamente afectan la esfera jurídica de quienes se les van a imponer, entonces van a ser susceptibles de que las peleen mediante amparos.

Para poder realizar dichos embargos, acotó el funcionario de la SFP, se necesitará la colaboración de instancias como la Secretaría de Hacienda o el SAT para que se ejecuten, así como de las policías locales y de la Ciudad de México e incluso de autoridades homólogas en otros países.

Encargados de rescatar e investigar

Estos órganos de gobierno se encargan de investigar y recuperar los bienes y recursos ilegales, tanto de funcionarios públicos como de sujetos relacionados con algún delito.

Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP

  • La Unidad de Inteligencia Financiera es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y está encargada de recibir los reportes de operaciones financieras y avisos de quienes realizan actividades vulnerables.
  • Analiza también la información financiera y económica con el fin de diseminar probables operaciones vinculadas con el lavado de dinero o el financiamiento ilegal a través de las denuncias a las autoridades en materia de procuración de justicia.

Procuraduría General de la República

  • Independientemente de las sanciones carcelarias relacionadas con actos criminales, esta Institución se ha enfocado al aseguramiento y recuperación de activos producto de hechos ilícitos.
  • Las personas jurídicas son sujetas ?de investigaciones y, como tales, deben adoptar las medidas necesarias de control en su organización para evitar que sean utilizadas, precisamente, para la comisión de cualquier ilícito.

Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

  • El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, coordinado por la SHCP.
  • Está encargado de darle destino a los bienes y a las empresas improductivas para el Estado, así como aquellos bienes incautados a criminales o que han pasado a formar parte de la administración federal.

Servicio de Administración Tributaria

  • Es otro órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y su principal función es el cobro de las imposiciones tributarias a nivel federal, además de las disposiciones aduaneras.
  • Es el SAT el encargado de cobrar las multas impuestas a servidores públicos derivado de malversación de recursos. Dichas aseveraciones son dictaminas por la Secretaría de la Función Pública.
  • Con la entrada en vigor de la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, será el SAT el encargado, junto a la Secretaría de Hacienda de embargar bienes a los servidores públicos, así como a privados que por causa probable estén en riesgo de fuga y con ello eviten pagar las multas impuestas por la Secretaría de la Función Pública o el pago de la indemnización al erario público.

Secretaría de la Función Pública

  • La Secretaría de la Función Pública se encarga de administrar los asuntos relacionados con la Administración Pública Federal y los funcionarios que la integran.
  • A través de los Órganos Internos de Control (OIC) dicha dependencia vigila el correcto funcionamiento y aplicación de los recursos provenientes de la erario federal. Con la nueva Ley General de Responsabilidades los OIC delegaron la función de sancionar infracciones graves, como la malversación de recursos, al Tribunal Federal de Justicia Administrativa que a través de cinco salas especializadas se encargará de desahogar dichos casos.
  • Asimismo, realiza auditorías constantes desde sus órganos centrales para recuperar recursos que pertenecen al subejercicio o que son presumiblemente desviados.

Auditoría Superior de la Federación

  • La Auditoría Superior de la Federación (ASF) se encarga de fiscalizar, de manera externa, el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.
  • A través de las auditorías anuales que realiza emite recomendaciones y en su caso denuncias ante las instancias de justicia pertinentes por desvíos de recursos públicos. La ASF es un órgano desconcentrado de la Cámara de Diputados.

Órganos auditores locales

  • Así como la ASF, estas entidades dependen en su mayoría de los congresos locales y tienen como objetivo auditar el correcto funcionamiento y erogación de los recursos destinados por las administraciones estatales en el país.
  • Recientemente, el auditor de la federación, Juan Manuel Portal, ha pugnado porque se les otorgue mayor autonomía a dichos órganos.

hector.molina@eleconomista.mx

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