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Inai impugnará negativa de SCJN para sesionar con 4 comisionados
El Inai presentará un recurso de reclamación ante la SCJN para garantizar los derechos de acceso a la información y protección de datos personales que la Constitución le encomienda, luego de que el órgano no pudiera sesionar con solo cuatro comisionados y quedara sin quórum legal para realizar sesiones desde el 1 de abril.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, dio a conocer que presentará un recurso de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego de que diera a conocer que el órgano no puede sesionar con cuatro comisionados.
En un comunicado el Inai dio a conocer que buscará que, por medio del recurso de reclamación, el máximo tribunal del país analice el acuerdo y le permita garantizar los derechos de acceso a la información y protección de datos personales que la Constitución le encomienda.
Desde el 1 de abril, con la salida del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, el pleno del órgano garante quedó sin quórum legal para poder realizar sesiones pues el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública se lo impide, pues establece que deben existir al menos cinco comisionados del organismo para que el pleno pueda funcionar.
El Inai buscaba suspender, temporalmente, dicho artículo; que establece que: “el pleno del Instituto, integrado por siete Comisionados con voz y voto, incluido su presidente (…) las sesiones del pleno serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco comisionados, incluyendo al comisionado presidente. Las decisiones y resoluciones se adoptarán por mayoría simple. En caso de empate, el comisionado presidente resolverá con voto de calidad”.
A través de una controversia constitucional, en contra del Senado promovida en una sesión extraordinaria el pasado 15 de marzo, el órgano de transparencia decidió buscar a la SCJN.
El Instituto señaló que la finalidad de la solicitud que realizaron es que el organismo nacional esté en posibilidad de cumplir con su mandato constitucional y garantizar los derechos antes mencionados y que la suspensión del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia únicamente sería mientras concluye el nombramiento de las vacantes, por parte de la Cámara de Senadores.
Veto de AMLO
La controversia que interpuso el Inai se debió a que el mismo 15 de marzo, el presidente de la República dio a conocer que ejercía su prerrogativa constitucional para objetar los nombramientos de Ana Yadira Alarcón Márquez y Rafael Luna Alviso, que ya habían sido nombrados por senadores, el pasado 1 de marzo.
Debido a esto, el Senado debe analizar una nueva propuesta de comisionados y comisionadas para completar el pleno del Instituto.