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Juez otorga suspensión a dueño de mina “El Pinabete” contra orden de aprehensión
El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila requirió una garantía de 500,000 pesos a Cristian Elior Solis Arriaga, dueño de la mina “El Pinabete”, donde 10 trabajadores quedaron atrapados tras un colapso registrado el pasado 3 de agosto.
El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila concedió una suspensión a Cristian Elior Solis Arriaga, dueño de la mina “El Pinabete”, contra la orden de aprehensión en su contra promovida por la Fiscalía General de la República (FGR) como implicado en el colapso de una mina en la comunidad de la Agujita en Sabinas, Coahuila, donde 10 trabajadores quedaron atrapados el pasado 3 de agosto.
El Juzgado le requirió una garantía de 500,000 pesos para obtener la suspensión, y dio un plazo de cinco días para que Cristian Solís realice el depósito.
El pasado 4 de septiembre, un juez federal otorgó a la Fiscalía General de la República (FGR) tres órdenes de aprehensión, una de ellas contra Cristian Elior Solis Arriaga, debido a que no acudieron a una audiencia en esa fiscalía para declarar sobre el colapso de una mina en la comunidad de la Agujita en Sabinas, Coahuila.
Desde el pasado 5 de agosto, la FGR inició el procedimiento de investigación por el colapso en el pozo minero propiedad de la empresa minera “El Pinabete” S.A de C.V.
Las tres órdenes de aprehensión admitidas por un juez de control son por la probable comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 150 en relación con el 149 de la Ley General de Bienes Nacionales, es decir, probable explotación ilícita del subsuelo.
Cabe recordar que el día 11 de agosto, la FGR solicitó audiencia judicial en contra de una persona, por su probable responsabilidad en los actos de dirección y administración en la explotación ilícita del subsuelo, a través de la mina de carbón mineral “El Pinabete”, incumpliendo con las obligaciones que la ley le impone a quien realiza ese tipo de actividades.
Esos hechos constituyen, a juicio de la Fiscalía General de la República, el delito de explotación ilícita de un bien que pertenece a la nación, previsto y sancionado en el artículo 150 de la Ley de Bienes Nacionales, tratándose de un delito de acción permanente y dolosa, en los términos señalados en el Código Penal Federal, fundamentalmente, en sus artículos 8, 9 y 13.
Asimismo dando continuidad a las investigaciones, la FGR acreditó que otras dos personas incurrieron en una responsabilidad penal al haber permitido que de manera ilegal se realizaran actividades de explotación del carbón mineral en el pozo minero ubicado en la población de Agujita, municipio de Sabinas, Coahuila donde 10 mineros permanecen atrapados.
kg