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La reelección: Mantener cargo tiene sus reglas
En la reforma política del 2014 se establecieron las normas para que los ciudadanos pudieran reelegir alcaldes, regidores, síndicos, diputados locales, federales y senadores. Tres funcionarios ejercieron ya ese derecho y se aprestan a un segundo periodo.
Hace 84 años que en México no había sido reelecto de manera inmediata algún funcionario público; sin embargo, en los más recientes comicios de Nayarit y Coahuila los ciudadanos refrendaron su voto para dos diputados locales y un regidor. Son ellos los primeros que hacen uso de su derecho a la reelección, luego de que en el 2014 los artículos 59, 115 y 116 de la Constitución Política de México fueron reformados para permitir que los senadores, diputados federales, diputados locales, alcaldes, regidores y síndicos puedan ser reelectos hasta por un periodo de 12 años.
En 1933 se estableció en la Constitución Política de México la cláusula de no reelección absoluta para presidentes de la República y gobernadores y la de no reelección consecutiva para senadores y diputados, quienes debían dejar pasar un periodo intermedio para volver a contender por un puesto de elección popular.
Hasta el año 2014, México, Ecuador y Costa Rica eran los únicos países en los que no se permitía la reelección consecutiva de los legisladores. Ese mismo año, México reformó los artículos 59, 115 y 116 para que la figura de la reelección tuviera cabida, en Ecuador fue reformado el artículo 52 de su Constitución.
En el caso mexicano, en la reforma político-electoral del 2014 se estableció que los ciudadanos son quienes pueden reelegir a los diputados federales y senadores que sean electos a partir del proceso del 2018.
En las entidades federativas la reelección consecutiva de legisladores y funcionarios municipales depende de lo marcado por las constituciones locales.
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De acuerdo con un documento emitido por el gobierno de la República en donde se explican las reformas políticas electorales, se informa que la posibilidad de reelección inmediata permitirá que los votantes tengan un vínculo más cercano con sus representantes, pues servirá como un medio de ratificación a su labor . Se explica también que con la reelección consecutiva se mejorarán aspectos como la rendición de cuentas, la continuidad de las decisiones en la labor legislativa, con lo que se mejorarán resultados para los ciudadanos y se motivará a la profesionalización de los servidores públicos.
Hay tres tipos de reelección consecutiva según lo marcado por la reforma: legislativa federal, legislativa local y municipal. La primera prevé que los funcionarios federales puedan reelegirse de manera consecutiva hasta por 12 años, es decir, un senador podrá reelegirse inmediatamente por un periodo consecutivo y los diputados tendrán la oportunidad de hacerlo por dos.
Los aspirantes para la reelección consecutiva federal tendrán que buscarla por la misma vía que buscaron la primera elección, el mismo partido o coalición deberá respaldarlos o hacerlo nuevamente de manera independiente, según haya sido el caso.
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El segundo y tercer tipo de reelección que se contemplan son las consecutivas locales y municipales las cuales deberán acatarse a las constituciones locales.
En el caso de los diputados podrán reelegirse hasta por tres periodos. Los presidentes municipales, regidores y síndicos podrán hacerlo por un periodo adicional, siempre y cuando las encomiendas no sean mayores a tres años.
Hasta el momento han sido tres los funcionarios reelectos en México: dos diputados locales, Javier Mercado Zamora, del distrito VII de Nayarit y Lilia Isabel Gutiérrez Burciaga por el distrito XII, de Coahuila. Mientras que en Tepic, Nayarit, fue reelecto el regidor Lucio Carrillo Bañuelos.
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alejandra.ayala@eleconomista.mx
mfh