Lectura 4:00 min
Otorgan a CNDH la facultad de investigar
El pleno de diputados aprobó la enmienda con la que las autoridades tendrán la obligación de dar respuesta a las recomendaciones.

En el último día de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicios de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, el pleno cameral aprobó un paquete de reformas a la Constitución en materia de derechos humanos.
Con 361 votos, el principal cambio radica en que se eliminó del Artículo 97 constitucional la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar casos graves de violación a los derechos humanos y se otorgó ésta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
La enmienda lograda por unanimidad plantea que ninguna autoridad podrá negarle a la CNDH información para ejercer su nueva facultad.
El presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Alfonso Navarrete Prida, detalló que los cambios a 10 artículos constitucionales pondrán a México en la ruta de los países que reconocen explícitamente en sus normas internas la aplicación de las disposiciones del derecho internacional en materia de derechos fundamentales. De ratificarse el decreto por parte del Senado y luego por al menos 16 congresos locales, el capítulo primero de la Constitución se denominará De los derechos humanos y sus garantías , en vez de De las garantías individuales .
Las autoridades tendrán la obligación de dar respuesta a las recomendaciones de la CNDH, quien no las acepte deberá explicar públicamente sus razones y el Senado podrá hacer comparecer a quienes no cumplan la recomendación.
Se amplió además la competencia de la Comisión para conocer también de violaciones a los derechos laborales, y estableció la elección del titular de la CNDH y los integrantes de su Consejo Consultivo a través de un procedimiento de consulta pública transparente.
BLINDAJE ELECTORAL
La última jornada incluyó la aprobación de un paquete de reformas al Código Penal Federal, en materia de delitos electorales para blindar los comicios de la intervención de la delincuencia organizada y el narcotráfico mediante el financiamiento de campañas y precampañas.
De acuerdo con el dictamen, el cambio es indispensable debido a la creciente necesidad de los grupos delictivos de intervenir en las instituciones democráticas del país por medio del financiamiento de campañas electorales.
Urgieron a evitar la influencia que a través de aportaciones económicas ilícitas puedan tener en futuros representantes populares las personas que se dedican a cometer delitos y que con el producto de estos soporten o financien gastos de campaña.
Se aprobó más tarde otro paquete de cambios al mismo ordenamiento, para imponer penas de 10 a 50 años de prisión y multas de hasta 2,000 días de salario mínimo a quien cometa el delito de terrorismo.
La intención de la enmienda es perfeccionar el tipo penal de terrorismo estableciendo que la intimidación es uno de los posibles objetivos del terrorista.
Esto, con el fin de poder sancionar conforme a ese delito no sólo a los grupos subversivos, sino a las organizaciones criminales de narcotraficantes y extorsionadores que se valen del temor de la población para llevar a cabo sus actividades delictivas de manera impune.
Al incluirse la finalidad de intimidación, el concepto se amplía lo suficiente para encuadrar actos como el atentado con granadas sucedido en Morelia, Michoacán; la explosión de carros bomba en Ciudad Juárez, Chihuahua o la serie de actos violentos acaecidos en Nuevo León.
Finalmente y tras una larga discusión, el pleno cameral aprobó la expedición del nuevo Reglamento de la Cámara Baja; 76 años después los diputados federales lograron acordar su propia normatividad interna.
rramos@eleconomista.com.mx