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Podría aplicarse nueva legislación
Las sanciones pueden ser, por ejemplo, multas y prohibición a constructoras de participar en licitaciones hasta por 10 años.
El sismo del pasado martes afectó tanto a construcciones de más de tres décadas como edificaciones relativamente nuevas; sobre estas últimas, indicaron especialistas, se podrían generar responsabilidades desde penales hasta administrativas.
Julio Copo, especialista en derecho administrativo de la firma de juristas Basham, Ringe y Correa SC, que otorga asesoría gratuita a ciudadanos sobre afectaciones por el sismo del 19 de septiembre, afirma que en primera instancia se debe realizar una inspección a la bitácora del director responsable de obra (DRO), que es el primer responsable en la cadena de mando en la verificación de una construcción.
El tema está en que cada obra tiene lo que se conoce como el DRO, (que) es en principio la persona responsable, en la cadena de responsabilidad es el primero, si bien trabaja con la constructora, no es que trabaje para la constructora, es el encargado de garantizar la seguridad del inmueble , asegura el especialista.
Al llegar a la delegación, para poder sacar el permiso de construcción, agrega Copo, se debe llevar los planos y la documentación avalada por el mismo DRO.
De acuerdo con el artículo 32 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, publicado en el 2004, el director responsable es el encargado de verificar que las leyes estipuladas se cumplan al momento de edificarse una construcción, por lo cual es el responsable directo en cualquier tipo de anomalía que se registre.
Para poder acreditarse con un DRO, la ley estipula entre sus requisitos que se debe tener una cédula profesional de ingeniero, arquitecto, además de que se debe de acreditar que se tiene experiencia de al menos cinco años en el área de la construcción y que se es miembro del Colegio de Profesionales correspondiente.
Por su parte, Ivette Montero, directora general del Centro Mexicano Pro Bono AC e integrante de la Barra de Abogados, indica que se tendrá que analizar caso por caso los más de 40 inmuebles que se derrumbaron y los que están por demolerse.
No podría decir que no hay responsabilidad del gobierno pero tampoco que la hay, porque tendría que atenderse caso por caso (...) Si hubiera algún aviso de Protección Civil (con anterioridad) de que el inmueble estaba dañado, la responsabilidad no sería del gobierno, sino de los ocupantes por no hacer caso a Protección Civil , asevera la jurista.
Montero opina que Protección Civil ha sido rebasada por el trabajo, por lo que muchas de las asesorías a ciudadanos en los últimos días que ha realizado Centro Mexicano Pro Bono son referentes a los acordonamientos de inmuebles y la falta de dictamen sobre los mismos.
A su vez, Copo señala que de existir algún caso de negligencia en la construcción de los edificios caídos, en la parte administrativa se podría aplicar la Ley General de Responsabilidades Administrativas que entró en vigor el pasado julio.
Se podría castigar con multas; con la prohibición para las compañías (constructoras) de participar en licitaciones públicas por un periodo desde tres meses hasta 10 años; puede sancionarse, en caso de que se demuestre que en la corrupción estuvo implicado el Consejo de Administración (de la compañía) se puede también sancionar con la extinción de la empresa; se puede hacer la suspensión temporal de actividades y determinar responsabilidades penales , comenta Copo.
The New York Times
El diario estadounidense The New York Times publicó que pese a las mejoras en los códigos para la edificación de nuevos inmuebles a partir del sismo de 1985, su aplicación es profundamente defectuosa y desigual , de acuerdo a entrevistas con académicos, funcionarios e inspectores de edificios realizadas por este medio.
La investigación detalla que las inspecciones de edificios han sido esencialmente subcontratadas a una red de ingenieros privados, pagados por los desarrolladores, creando conflictos de interés que pueden socavar incluso los mejores estándares.