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Política

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Policías deben ser trabajadores del Estado

La propuesta de los diputados considera definir con claridad la relación entre las entidades y sus cuerpos policiacos.

La Cámara de Diputados reformaría la Constitución para reconocer a los policías como trabajadores del Estado.

México no puede mantener relegados a sus trabajadores policiacos. Resulta imprescindible reconocer el vínculo laboral entre el Estado y sus policías. Sólo así podrá fomentarse un verdadero vínculo de identificación entre la labor policial y los altos intereses perseguidos por los estados, tales como la seguridad y cuidado de los ciudadanos , afirmó Armando Luna Canales (PRI).

Promotor de la enmienda constitucional, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados consideró que un policía, en cuya labor está permanentemente en peligro su propia vida, requiere, por lo menos, de una posición activa del Estado que la acoja como uno de sus trabajadores.

La reforma tiene como propósito esencial definir el régimen laboral que debe caracterizar a los elementos policiacos en México, así como las prestaciones sociales y de desarrollo humano que se les deben atribuir por su condición de trabajadores del Estado.

Para Luna Canales no resulta justificable discriminar la relación que se da para, por un lado, catalogar la relación entre el Estado y policías como una situación de índole meramente administrativa, y la relación laboral que sí se da entre el Estado y otros empleados.

En estos casos nos encontramos frente a una discriminación que no resulta ni idónea, ni necesaria, ni proporcional a los objetivos buscados con la función de seguridad pública, inherente a los cuerpos policiales , estableció.

De ahí que proponga incluir un apartado c al Artículo 123 constitucional, para definir con claridad la relación entre los poderes de la Unión, entidades federativas, municipios, o alcaldías en el caso de la ciudad de México, y sus respectivos cuerpos policiacos.

Actualmente, los policías que tienen una relación con el Estado, a nivel nacional, estatal o municipal, no son considerados trabajadores porque la fracción XIII del citado artículo dispone que los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes .

Explicó que la legislación de distintos países que comparten similitudes con el derecho mexicano y destacan por su avance en materia de derechos humanos, como Costa Rica y España, conceden a sus fuerzas policiales derechos laborales.

Dichas naciones (...) regulan aspectos vinculados con los derechos y las prestaciones de sus trabajadores policiacos , concluyó.

rramos@eleconomista.com.mx

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