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Política

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Posponen de nuevo votación sobre recursos de partidos

El pleno de la SCJN pospuso por segunda vez resolver la acción de inconstitucionalidad 52/2022 ante la eventualidad de que se pueda alcanzar la mayoría calificada de ocho votos necesaria para declarar la invalidez de diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos y Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso por segunda vez resolver la acción de inconstitucionalidad 52/2022 ante la eventualidad de que se pueda alcanzar la mayoría calificada de ocho votos necesaria para declarar la invalidez de diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos y Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que regulan la facultad de los partidos de renunciar o reintegrar una parte del financiamiento público federal para actividades ordinarias, en caso de catástrofes sufridas en territorio nacional por cualquier desastre o fenómeno natural o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

Esto, luego de que siete de los 11 ministros que conforman el máximo tribunal del país votaron en contra del proyecto original de la ministra Loretta Ortiz por el que se propone, contrario a lo demandado por una minoría de senadores, validar las porciones de las normas impugnadas.

El ministro presidente Arturo Zaldívar determinó esperar a que el ministro Javier Laynez Potisek, quien no asistió a la sesión del pleno, exprese el sentido de su voto.

Pues creo que como lo están de alguna manera solicitando, creo que lo mejor será darnos este espacio para esperar a que llegue el ministro Laynez, quien no está hoy con nosotros por algún tema de salud, y poder pues también ponernos de acuerdo, en su caso, cuál sería el impacto de esta invalidez porque parece que estamos viendo los mismos preceptos de diferentes argumentos, aunque también podría ser que nada más impacten ciertas porciones normativas dependiendo de los argumentos.

“Creo que esto habría que analizarlo con cuidado. Desde luego, si la ministra ponente quiere mandarnos algún alcance, si cree que es necesario para clarificar, se lo agradecería, con dependencia que si cualquier ministra o ministro quiere compartir algún documento pues siempre será bienvenido’’, afirmó y levantó la sesión.

Por 10 votos, el pleno invalidó la porción normativa “preferentemente” del artículo 19 Ter de la ley presupuestal que permite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) utilizar los recursos enterados a la Tesorería de la Federación para fines distintos a la atención de los efectos de cualquier desastre o fenómeno que ponga a la sociedad en peligro.

El ministro Juan Luis González Alcántara reiteró su postura en el sentido de que el mecanismo de reintegro en cualquier momento o como remanente es inconstitucional.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar dijo que contrario a lo que se sostiene en el proyecto, la regulación combatida sí vulnera la competencia del Instituto Nacional Electoral (INE) en materia de fiscalización, por lo que el concepto de invalidez es fundado.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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