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Política

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Presidencia advierte intromisión de SCJN en el Congreso en caso de invalidar parte de la reforma electoral

La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal aseguró que son falsos los argumentos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para anular el decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas aprobadas por el Poder Legislativo en diciembre de 2022.

La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal acusó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estaría "sustituyendo" al Congreso de la Unión, en caso de que se invalide el proceso legislativo en el que se aprobó el llamado "Plan B" de reforma electoral.

A través de un comunicado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) aseguró que son falsos los argumentos de la SCJN para anular el decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas aprobadas por el Poder Legislativo en diciembre de 2022, ya que sí se ha cumplido con el proceso legislativo correspondiente.

Asimismo, indicó que no se transgredió el principio de deliberación democrática, pues el Congreso de la Unión cumplió con los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios, así como los criterios impuestos por la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Consejería señaló que las demandas que presentó la Corte desde 2018, en contra de la Ley General de Comunicación Social, están bajo dos “parámetros distintos”, a pesar de que se trata de la misma norma impugnada.

Además, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal expuso que el ministro ponente del proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, no tomó en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades judiciales, pese a que esto forma parte de sus obligaciones para examinar los argumentos y dar una efectiva resolución.

“De la lectura al proyecto se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental”.

Atribuciones reglamentadas

Asimismo, la Consejería Jurídica indicó que el proyecto ha omitido examinar la dispensa de trámite, lo que es una atribución reglamentada de la Cámara de Diputados para que los legisladores sometan un asunto a discusión y votación sin que pase por comisiones.

“Cabe resaltar que el decreto impugnado fue expedido en cumplimiento de una ejecutoria dictada en el amparo en revisión 308/2020 del índice de la propia Primera Sala de la SCJN; así se señala con claridad en la exposición de motivos”.

También resaltó que el ministro ponente fue omiso en acatar una sentencia de amparo emitida por el propio tribunal constitucional, “lo que evidencia la parcialidad del proyecto propuesto”.

El comunicado advirtió que en caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación límite las normas que corresponden al Poder Legislativo, se violaría el principio de división de Poderes y el equilibrio entre los mismos.

Por lo anterior, el Poder Ejecutivo hizo un llamado a las ministras y los ministros de la SCJN para que "actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional".

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