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Política

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Rebasar el tope en gastos de campaña sería causa de nulidad

También el uso de recursos de procedencia ilícita será causal para anular una elección, de acuerdo con el proyecto de dictamen de la reforma político electoral.

La violación a los límites máximos de los gastos de campaña, la utilización de recursos de procedencia ilícita y la compra de cobertura informativa o de tiempos en radio y televisión serán causas de nulidad de los comicios, establece el dictamen de la reforma político-electoral que los senadores prevén abordar hoy en comisiones.

De aprobarse constitucionalmente, por primera vez en el país se establecerá que la anulación de los comicios sólo procederá si se acredita objetiva y materialmente que hubo una violación a la ley electoral y que ésta haya sido la causa determinante del resultado de la contienda.

En su caso, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada , destaca el segundo artículo transitorio de la reforma.

La nulidad de los comicios tendrá que especificarse en una ley general que regule los procedimientos electorales, la cual deberá establecer que los comicios federales y locales se llevarán a cabo el primer domingo de junio, ya no el primer domingo de julio.

Incluso, mandata que esta ley secundaria contenga los mecanismos de coordinación entre los órganos del Ejecutivo federal en materia de inteligencia financiera y el Instituto Nacional Electoral que permitan reportar al INE las disposiciones en efectivo que realice cualquier órgano o dependencia de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios durante cualquier proceso electoral, cuando tales operaciones se consideren relevantes o inusuales .

El régimen transitorio de la reforma ordena que haya reglas que transparenten el financiamiento, la metodología y los resultados de las encuestas de preferencias electorales que se difundan, así como las fechas límite para llevar a cabo su difusión.

Exige también la creación de un sistema de fiscalización sobre el origen y destino de los recursos con los que cuenten los partidos, coaliciones y candidatos, lo que da pie a la chequera única que permite al INE hacerse cargo de los pagos relativos a actividades y campañas electorales.

Establece que habrá una ley general que regule a los partidos nacionales y locales, misma que deberá diferenciar entre coaliciones totales, parciales y flexibles.

Por coalición total se entenderá la que establezcan los partidos políticos para postular a la totalidad de los candidatos en un mismo proceso electoral federal o local, bajo una misma plataforma electoral. Por coalición parcial se entenderá la que establezcan los partidos para postular al menos 50% de las candidaturas en un mismo proceso electoral federal o local, bajo una misma plataforma. Por coalición flexible se entenderá la que establezcan los partidos políticos para postular al menos 25% de las candidaturas , precisa el documento.

Por último, ordena la creación de la ley general de delitos electorales que establezca los tipos penales, sanciones, distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación y las entidades federativas.

Para consejos estatales locales

Blindarán método de elección de consejeros

Para evitar la intromisión de los gobernadores en la selección de los consejeros y magistrados electorales en los estados, los senadores contemplan un cambio radical en el método de elección de estos funcionarios.

De acuerdo con el dictamen de la reforma político-electoral, las autoridades comiciales jurisdiccionales se integrarán por un número impar de magistrados, electos por las dos terceras partes del Senado.

Pero la Cámara Alta sólo podrá elegir a los magistrados estatales a propuesta de una terna que cada Legislatura local le envíe, previamente aprobada por las dos terceras partes del Congreso local respectivo.

Los magistrados que se encuentren en funciones a la entrada en vigor de la reforma continuarán en su encargo hasta la conclusión de su nombramiento.

Mientras tanto, los consejeros electorales estatales serán seleccionados por el Consejo General del nuevo Instituto Nacional de Elecciones (INE) que tendrá su prueba de fuego en el 2015. Los organismos públicos autónomos electorales que se harán cargo de los comicios en las entidades estarán integrados por siete especialistas.

Como adelantó El Economista, los nombramientos de los consejeros del INE estarán alejados de las cuotas partidistas, a través de la creación de un comité de evaluación conformado por siete personas de prestigio.

Los senadores hicieron un cambio de última hora al dictamen que analizarán hoy en comisiones, para que la Cámara de Diputados elija a tres de los siete integrantes del comité de evaluaciónn en lugar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Legisladores y alcaldes

Habrá reelección pero sin candados contra políticos chapulines

El dictamen de la reforma político-electoral abre la puerta para que diputados y senadores se puedan reelegir, pero no pone un candado a los llamados legisladores chapulines.

La reforma al Artículo 59 de la Constitución establece que los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos ; es decir que por puesto en cada Cámara podrán permanecer hasta por 12 años.

La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado. Tratándose de candidatos independientes, sólo podrán postularse con ese mismo carácter , detalla.

No obstante, el documento no precisa candados para que los legisladores que ya se reeligieron por 12 años salten de una Cámara a otra y hagan una trayectoria legislativa prolongada. Actualmente hay políticos que tras su labor en la Cámara de Diputados enseguida se postularon como senadores o viceversa, conocidos como chapulines.

La reelección se determinará en el Pleno del Senado debido a que los priístas y perredistas quieren que la reelección sea a partir del 2018, como lo establece el dictamen.

No obstante, el PAN busca que la reelección aplique para los legisladores de esta legislatura; es decir, a partir del 2015.

La reforma también abre la puerta a la elección consecutiva de alcaldes y diputados locales, siempre que la Constitución de cada estado así lo determine.

Será autónoma

La PGR ?será fiscalía

La Procuraduría General de la República (PGR) se convertirá en la Fiscalía General de la República a partir del 1 de diciembre del 2018 y, aparte de ser autónoma, contará con áreas especializadas en delitos electorales y de combate a la corrupción.

De acuerdo con el dictamen de la reforma político-electoral que permanece en el Senado de la República, la PGR tendrá una transformación radical al ser una institución autónoma, dotada de personalidad jurídica y de patrimonio propio, que será denominada Fiscalía General de la República.

Dicha Fiscalía estará obligada a crear por lo menos dos áreas especializadas: una de combate a delitos electorales y otra en materia anticorrupción. Los titulares de las áreas serán nombrados y removidos por el Fiscal General de la República, ahora llamado Procurador.

El nombramiento y remoción de los fiscales especializados antes referidos podrán ser objetados por el Senado por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, en el plazo que fije la ley; si el Senado no se pronunciare en este plazo, se entenderá que no tiene objeción , detalla el documento cuya copia posee El Economista.

De aprobarse el dictamen, el Fiscal General de la República durará en su cargo nueve años y podrá ser removido por el Ejecutivo federal si no hay objeción de la Cámara de Senadores.

Para la elección del funcionario, el Senado contará con 20 días para integrar una lista de al menos 10 candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo federal.

tania.rosas@eleconomista.mx

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