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Reparación del daño, acotada
Uno de los puntos que cambió en la nueva propuesta del Presidente es que ahora plantea requisitos para acceder a los apoyos para las víctimas.
El trato diferenciado a las víctimas, el acotamiento para acceder a la reparación del daño en casos de secuestros, desaparición o ejecuciones, y la obligación para la víctima de probar los daños o afectaciones a los derechos humanos es parte de los nuevos planteamientos que hizo el presidente Felipe Calderón en su iniciativa de ley general de víctimas.
La iniciativa presidencial ha sido criticada por el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD) que encabeza el poeta Javier Sicilia, pues considera que es regresiva a los planteamientos del proyecto aprobado por el Congreso, que fue vetado por el presidente Calderón, por lo cual se encuentra en espera de análisis por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A decir de ese movimiento, la iniciativa de Calderón plantea un desprecio a las víctimas de violaciones de derechos humanos , pues es un retroceso que en vez de proponer una legislación que se ocupe de manera integral del problema de la victimización que surge tanto de la violencia del crimen como de la violencia causada por el abuso de agentes del Estado, el Presidente persiste en su afán de desconocer a este último grupo de víctimas, cada día mayor, convirtiéndolas en víctimas de orden menor que no tienen los mismos derechos que las víctimas de la delincuencia .
Y es que la ley de víctimas, que está en un proceso de controversia constitucional, no pone en duda la violación de los derechos humanos cuando son denunciados por parte de la víctima, pero la propuesta presidencial especifica que corresponde a la víctima probar que los daños y afectaciones por violaciones a los derechos humanos son consecuencia de acciones u omisiones que le son imputados al Estado por medio de sus agentes .
En el proyecto aprobado por el Congreso, que contó con el respaldo del MPJD, no se plantean requisitos para acceder a la reparación del daño cuando se compruebe que existió una afectación. En cambio, el proyecto de Calderón menciona que no procederá cuando la violación derive de un acto legislativo (una ley aprobada por el Congreso); cuando sea notorio haya sido reparado por otra vía (indemnización por la vía civil); cuando no haya daño que reparar o cuando resulte evidente que el acto reclamado no sea atribuible al Estado mexicano.
Otra de las diferencias es el planteamiento que hace Calderón sobre trato diferenciado a las víctimas.
Finalmente, la ley de víctimas en controversia planteaba que los hijos de las víctimas tendrían derecho a acceder directamente a las universidades públicas, mientras el proyecto presidencial no contiene ese propuesta.
jmonroy@eleconomista.com.mx