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SCJN aprueba impedimento de Loretta Ortiz para conocer controversia sobre caso Pío López Obrador
Para evitar con su voto un conflicto de interés, el pleno de la Suprema Corte aprobó un impedimento de la ministra Loretta Ortiz Ahlf para analizar una controversia constitucional promovida por la FGR en contra del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Para evitar con su voto un conflicto de interés, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un impedimento de la ministra Loretta Ortiz Ahlf para analizar una controversia constitucional promovida por la Fiscalía General de la República (FGR) en contra del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Loretta Ortiz Ahlf es esposa de José Agustín Ortiz, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE).
La controversia constitucional 6/2022 fue presentada por la FGR en contra de una determinación del TEPJF que le obliga entregar —a través de la FEDE— información al Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la investigación que realiza por los recursos que Pío López Obrador, hermano del Presidente de la República, recibió en 2015 de manos de David León Romero.
Inicialmente dicha controversia había sido turnada a la ponencia de Ortiz Ahlf, a fin de que elaborara el análisis y proyecto de resolución.
En la sesión de este lunes 21 de febrero, la ministra presentó el impedimento para evitar un conflicto de interés por lazo de parentesco.
En la discusión, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat dijo que “el solo hecho de que el cónyuge de la ministra labore en la institución actora (en la FGR), incluso como su delegado, no revela por sí mismo un interés personal en el asunto, porque esa persona no es la emisora del acto impugnado en la controversia constitucional ni actúa a título personal, sino como representante de una entidad pública, no obstante destaco el hecho de que la ministra Ortiz Ahlf ponga de manifiesto ante este pleno que desde su perspectiva pudiera verse afectada a la imparcialidad por el interés de su cónyuge en el asunto y por eso pudiese ser trasladado a ella. Me parece que el que la ministra planteara el impedimento por estos motivos abona a la transparencia de las resoluciones de esta Suprema Corte porque no oculta ni invisibiliza su vínculo conyugal”.
El ministro Luis María Aguilar Morales opinó que “se trata de un interés desde el ámbito del trabajo al estar vinculado con una institución parte actora en la controversia constitucional de la Fiscalía General de la República. Además, el cónyuge de la ministra es titular de la FEDE, que está directamente involucrada en los hechos que dieron lugar a la presentación de la controversia constitucional, pues fue la entidad que negó la información solicitada por el INE”.
La ministra Norma Piña consideró legal el impedimento, pero por razones diferentes, lo mismo que el ministro presidente Arturo Zaldívar, por lo que el impedimento fue aprobado por unanimidad con base en el artículo 126 fracción 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el cual establece que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación están impedidos para conocer de los asuntos por cualquier análoga.
La controversia constitucional 6/2022 deberá ser remitida en breve a la ponencia de otro ministro para su análisis.